¿Tengo que pagar las derramas de la comunidad si he votado en contra?

Los propietarios de viviendas en comunidades de vecinos están obligados a pagar las derramas aunque voten en contra, salvo en algunas excepciones.

Fachada de una Comunidad de vecinos
¿Tengo que pagar las derramas de la comunidad si he votado en contra? Pixabay
Lucía Rodríguez Ayala

Los problemas en las comunidades de vecinos es algo muy frecuente, sobre todo cuando hay vecinos morosos o hay que aprobar derramas con la que no todos están de acuerdo, y que algunos vecinos se niegan a pagar. Ante esta situación, algunos propietarios se preguntan si tienen que pegar la derrama aunque hayan votado en contra. 

Cabe destacar que las derramas son un gasto extraordinario que no estaba dentro del presupuesto de la comunidad y para el que los propietarios tendrán que pagar un dinero extra para hacerle frente. Para que estas salgan adelante es necesario, por regla general, que la Junta de Propietarios las apruebe, y si son aprobadas, todos los vecinos tendrán que afrontar la parte que les corresponda independientemente de que su voto sea negativo e incluso si no fue a la reunión.

Como en la mayoría de situaciones, suele haber excepciones, y aunque no son muy comunes, sí que hay circunstancias en las que un vecino no esté obligado a pagar la cuota extra de la derrama. 

Situaciones en las que puedes negarte a pagar una derrama de la comunidad

Aunque en la junta se proceda a la aprobación de una derrama, no podrán obligar a los vecinos que no quieran a pagar y hayan votado en contra cuando se instalen infraestructuras de servicio de acceso a telecomunicaciones o energías renovables o alguna obra o servicio de la que ese vecino no vaya a ser beneficiario. No se podrá exigir abonar los costes de instalación y mantenimiento de las mismas a los vecinos que votaron en contra, pero tampoco podrán utilizarlos. En el caso de que posteriormente quieran tener acceso a los mismos, deberán abonar la parte que les hubiera correspondido, actualizando el importe con el tipo correspondiente de interés legal. 

También podrán negarse a pagar en el caso de que el acuerdo tomado por la junta de vecinos no fuera válido, es decir, que vaya contra las normas establecidas en la Ley o en los estatutos de la comunidad. 

Otro caso posible, aunque muy poco común, es que así esté determinado, ya sea que en el acta de la junta o en los estatutos se recoja que alguno de los vecinos está exento de pagar esa derrama. 

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