Nueva prestación extraordinaria del SEPE para trabajadores con contrato fijo discontinuo o para aquellos empleados que siempre hagan el mismo trabajo en el idéntico periodo de tiempo, un empleo a tiempo parcial, pero por cuenta ajena.
La prestación extraordinaria fijos discontinuos la puedes cobrar tanto si logras encontrar trabajo después como si consigues empleo mientras la estás percibiendo. En estos casos, vas a cobrar la prestación extraordinaria según las condiciones laborales que tengas en ese momento.
Esta medida completa a la información sobre los nuevos tipos de ERTE publicada hoy en el BOE, RD 30/2020, y en la que aparecen los requisitos para cobrar esta prestación extraordinaria para trabajadores fijos discontinuos.
Además, este RD 30/2020 anuncia también una compensación económica por prestaciones compatibles con tiempo parcial para los que cobren esta prestación extraordinaria para trabajadores fijos discontinuos.
En este caso, la solicitud para esta ayuda debes hacerla a través de la Sede Electrónica del SEPE.
Requisitos para cobrar la prestación extraordinaria para fijos discontinuos
A continuación, vamos a explicarte quiénes pueden solicitar la prestación extraordinaria para fijos discontinuos del SEPE. Podrán cobrar la nueva prestación los trabajadores con contrato fijo discontinuo y aquellos que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en ciertas fechas.
Esto abarca, por ejemplo, a los trabajadores del sector de la hostelería, o a aquellos con contrato temporal para campañas especiales en grandes almacenes o que van a trabajar en supermercados en fechas especiales.
También si están afectados por ERTE de fuerza mayor o ETOP.
Cómo solicitar la prestación extraordinaria para fijos discontinuos SEPE
Es la empresa la que tiene que solicitar en el SEPE el pago de la prestación extraordinaria para sus trabajadores fijos discontinuos. En esta solicitud tiene que incluir a los trabajadores fijos discontinuos y a aquellos con contrato temporal para fechas concretas.
Si eres trabajador fijo discontinuo y en la pandemia tuviste que cobrar el paro, tienes derecho siempre que hubieras terminado la prestación por desempleo y sigas en paro, sin derecho a cobrar prestaciones. Estas deberán ser contributivas o agotar las ayudas antes del 31 de enero de 2021.
En este segundo caso, es el propio trabajador fijo discontinuo afectado el que tiene que solicitar la prestación extraordinaria en el SEPE. Esta ayuda es compatible con un contrato a tiempo parcial, según señala el RD 30/2020.
Eso sí, si consigues encontrar empleo o tu búsqueda activa de trabajo da resultados, debes comunicarlo al SEPE para que dé de baja la prestación extraordinaria.
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