Qué ayuda por desempleo puedo pedir si tengo un hijo a cargo

El SEPE ofrece un tipo de ayuda específica para los trabajadores desempleados que tengan hijos a cargo cuando cumplen con los requisitos necesarios.

Ayudas por desempleo por hijo a cargo
Ayuda familiar para desempleados del SEPE
Isabel Gómez

Los trabajadores desempleados que hayan agotado la prestación por desempleo (paro) nunca quedan desprotegidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Para ellos hay otras ayudas, los subsidios por desempleo que protegen especialmente a aquellas personas sin trabajo y con cargas familiares, la ayuda familiar de 480 euros y que muchos se preguntan cómo pueden acceder a ella.

Esta tiene como finalidad proteger a las familias españolas que tengan bajos ingresos para que no caigan en una situación de vulnerabilidad y exclusión social. A rasgos generales, estos desempleados con cargas familiares podrán cobrar el subsidio por desempleo durante un máximo de 30 meses o, lo que es lo mismo, dos años y seis meses. Es cierto que si no se ha cotizado lo suficiente para cobrar el paro, podrán acogerse al subsidio por insuficiencia de cotización, cuando tenga familia bajo su responsabilidad, y después cobrar la mencionada ayuda familiar si se sigue sin encontrar un trabajo.

Desde el SEPE exponen también que, si la persona es mayor de 52 años, podrá tener acceso a su subsidio específico, la ayuda para mayores de 52 años, aunque para él se pedirá un mínimo de cotización de 15 años, ya que es el único que cotiza para la pensión de jubilación. Ahora es momento de poner el foco en la ayuda familiar, puesto que se será necesario conocer los requisitos para cobrarla.

Requisitos para cobrar la prestación por desempleo con hijo a cargo

La administración pública de empleo (SEPE) recoge a través de su plataforma web cuáles son los requisitos que se tienen que cumplir en cuanto a la ayuda familiar al tener hijos a cargo. Aunque más adelante se especificará cuánto va a durar y cómo se puede renovar, es necesario conocer todos los condicionantes previos. Actualmente, son los siguientes:

  • Estar en una situación de desempleo es esencial. Además, será obligatorio que se haya agotado por completo el paro, ya que para cobrar el subsidio es indispensable.
  • Aparecer inscrito como demandante de empleo en el SEPE y suscribir el compromiso de actividad, sobre todo para demostrar que está en búsqueda activa de empleo.
  • Demostrar una clara carencia de rentas. Los trabajadores desempleados con cargas familiares deben reflejar que sus ingresos mensuales no son superiores a los 750 euros, es decir, que no llegan a ingresar ni el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) al mes.

Todos estos requisitos deben demostrarse en el momento del hecho causante, es decir, desde que dejaron de cobrar la prestación por desempleo hasta el momento en el que solicitan el subsidio. También cuando se pueda hacer una prórroga de la ayuda no contributiva y durante todo el tiempo que se esté cobrando.

No hay que preocuparse en exceso si no se cumple con el requisito de carencia de rentas o el de responsabilidades familiares. La administración pública dice que se podrá obtener el subsidio por desempleo si, en el año desde la fecha del hecho causante, se acredita que los cumple. En esta situación, se considera hecho causante el momento en el que se cumpla el plazo de espera de un mes, o la del agotamiento del derecho semestral, o la finalización de la causa de suspensión.

¿Cuánto dura la ayuda por desempleo por hijos a cargo?

El subsidio por desempleo de ayuda familiar presenta una duración que va desde los 18 meses hasta los 30 meses. Su cuantía exacta es de 480 euros al mes, el 80% del Impuesto Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Para cobrarlo durante el máximo tiempo influyen los meses que se haya cobrado el paro y la edad que tenga el beneficiario. Así, la duración queda reflejada de esta manera:

  • Los desempleados menores de 45 años y que hayan agotado 4 meses de paro, tendrán derecho a 6 meses de ayuda. Se puede prorrogar hasta un máximo de 18 meses.
  • Los desempleados menores de 45 años y que hayan agotado 6 meses de paro o más, podrán optar a medio año de subsidio. Se puede prorrogar hasta un máximo de 24 meses.
  • Los desempleados mayores de 45 años y que hayan agotado 4 meses de paro, tendrán derecho a 6 meses de ayuda. Se puede prorrogar hasta un máximo de 24 meses.
  • Los desempleados mayores de 45 años y que han agotado 6 meses de paro o más, podrán optar a seis meses de ayuda. Se puede prorrogar hasta un máximo de 30 meses.

Es necesario aclarar que todos los subsidios por desempleo se van a renovar cada seis meses. Algo que no tiene que ocurrir si encuentran antes un empleo o se llegue a la duración máxima del subsidio.

¿Cómo se solicita esta ayuda de 480 euros?

Todos los trabajadores desempleados que vayan a solicitar este subsidio por desempleo de ayuda familiar van a tener un plazo de 15 días hábiles (tres semanas) para poder solicitarlo después de que se haya cumplido con el mes de espera, desde que se agotó la prestación por desempleo. 

Cuando la persona interesada quiera presentar en el SEPE una nueva solicitud, deberá pedir una cita previa, algo que se puede hacer por vía electrónica o en cualquier oficina del organismo público o en cualquier oficina de registro público.

Documentación a presentar

Además de rellenar el formulario de solicitud, los futuros beneficiarios deberán adjuntar otra serie de documentos acreditativos de su situación familiar y son los siguientes:

  • DNI o NIE del solicitante.
  • DNI o NIE de los familiares que estén a cargo del solicitante. 
  • Libro de familia.
  • Justificante de rentas.
  • Documento que refleje el número de cuenta donde es titular el beneficiario.

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