El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado como nulo el despido disciplinario de un trabajador de Mercadona al que espiaron con un detective privado para comprobar si utilizaba su reducción de jornada para cuidar de su hermano con discapacidad. El problema no es el uso de este detective, sino que el seguimiento se realizó de forma “injustificada” y “desproporcionada”, espiándole en días que se encontraba de baja médica.
El empleado llevaba en Mercadona desde abril de 2015 y, tras haber disfrutado de una reducción previa para cuidar de su hijo, pidió una nueva para cuidar de su hermano, quien padece una minusvalía del 65% y necesita supervisión para la toma de medicación, concretamente a las 20:00 horas. La empresa le concedió esta reducción, fijando un horario de tarde con salida a las 19:30 horas para que pudiera cumplir con dicho cuidado.
Ante la sospecha de que el trabajador no estaba dedicando el tiempo libre al cuidado de su hermano, Mercadona contrató a un detective privado para que le hiciera un seguimiento durante varios días de junio y julio de 2024. Basándose en el informe del detective, le despidieron por motivos disciplinarios el 30 de julio de 2024, por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza.
El despido llega a los tribunales
Ya desde el principio, el Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo dio la razón al trabajador y declaró el despido nulo, condenando a Mercadona a readmitirle en las mismas condiciones y abonarle los salarios de tramitación. Una decisión que recurrió la compañía ante el TSJ de Asturias argumentando que la conducta del empleado suponía un fraude y un uso abusivo del derecho de reducción de jornada, que justificaba el despido.
El TSJ de Asturias confirma la nulidad del despido
La justicia volvió a fallar a favor del empleado. El tribunal analizó el informe del detective y determinó que, de los 11 días de vigilancia, solo se pudo probar que en 2 días (el 2 y 3 de julio) no estuvo en contacto con su hermano. Así, consideró que faltar al cuidado puntual durante esos dos días no tiene la gravedad suficiente para justificar la máxima sanción, que es el despido, recordando que debe existir una “perfecta proporcionalidad” entre la infracción y la sanción.
El tribunal también recriminó a la empresa que el detective continuara el seguimiento entre el 16 y el 19 de julio, periodo en el que el trabajador se encontraba de baja. Al estar en un proceso de incapacidad temporal, el contrato de trabajo queda suspendido, por lo que esta vigilancia carecía de justificación, necesidad y proporcionalidad y esos datos no podían usarse en contra del trabajador.
El TSJ también recordó que los trabajadores que disfrutan de una reducción de jornada por cuidado de un familiar están protegidos por el artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores. Esta protección legal implica que si el despido carece de una causa justa y probada, la consecuencia no es la “improcedencia”, sino la “nulidad”, como mecanismo de tutela para garantizar la conciliación familiar.
Por todo ello, el TSJ de Asturias desestimó el recurso de Mercadona y confirmó que el despido disciplinario del trabajador era nulo. La sentencia (disponible aquí) se podía recurrir en casación.
Cabe recordar que el criterio de proporcionalidad debe atenderse caso por caso. En este, se concede la nulidad porque, de los 11 días de vigilancia, la empresa solo logró demostrar que el trabajador faltó al cuidado de su hermano dos días. Este incumplimiento aislado, sumado a que se le continuó espiando injustificadamente mientras estaba de baja, carecía de la gravedad necesaria para justificar su despido.
Por el contrario, recientemente se conoció el caso de una trabajadora con más de 22 años de antigüedad donde el despido por su uso de la reducción de jornada sí fue procedente, pero porque se acreditó que la utilizaba de forma continuada para otros fines distintos, y no para cuidar de su padre como la había solicitado. Al destinar ese tiempo a asuntos personales ajenos a la conciliación familiar, el tribunal entendió que sí existió un claro fraude y abuso de confianza que justificaba su despido.

