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El Consejo de Ministros declara nulos los despidos de quienes denuncien corrupción y amplía su protección laboral

El anteproyecto de ley amplía los supuestos de nulidad del despido y prohíbe cualquier represalia o discriminación contra quienes informen de infracciones normativas en el ámbito laboral.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz |Europa Press
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley que modifica el Estatuto de los Trabajadores para dar más protección a aquellos trabajadores que denuncien casos de corrupción o infracciones normativas en su entorno laboral. De este modo se pretende garantizar que no sufran represalias, discriminación o el despido como consecuencia de su actuación.

Según informan desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, se busca fortalecer las garantías de indemnidad de los trabajadores y ampliar la protección prevista en la Ley 2/2023, que regula la protección de las personas informantes de infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. 

Según el departamento, limitar la respuesta a una posible indemnización por despido improcedente resultaba insuficiente para garantizar una protección efectiva. Con esta modificación, se dará una mayor seguridad jurídica a quienes contribuyen a detectar prácticas irregulares.

El despido será nulo si responde a una denuncia de corrupción

La reforma incorpora la prohibición de cualquier discriminación, tanto antes de la contratación como durante la relación laboral, contra las personas que comuniquen o revelen infracciones normativas o casos de corrupción.

Además, el texto amplía los supuestos de nulidad del despido, que afectarán tanto a los ceses durante el periodo de prueba como a los despidos objetivos y disciplinarios cuando estén motivados por la presentación de una denuncia o comunicación amparada por la legislación vigente. 

También serán nulas las órdenes de discriminar y cualquier decisión empresarial que implique un trato desfavorable o una represalia contra el trabajador.

La protección se extiende a las reclamaciones por discriminación

El anteproyecto también refuerza la protección de quienes presenten reclamaciones para exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.

En este sentido, serán igualmente nulas las decisiones de la empresa que supongan una represalia frente a un trabajador por acudir a la vía administrativa o judicial para defender sus derechos o por comunicar posibles infracciones normativas o casos de corrupción.