El SEPE multa quitando el subsidio para mayores de 52 años por este informe

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puedes multar temporalmente a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años cuando no presenten un informe fundamental. Este es el motivo.

subsidio para mayores de 52 años
No presentar este trámite supone SEPE
Redacción Noticiastrabajo

En los periodos donde los trabajadores no están en activo y tienen una cierta edad, si han agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro) o cumplen los requisitos, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) los protege con alguna ayuda asistencial. Sin embargo, puede multar quitando el subsidio para mayores de 52 años si no presentan un informe importante. Como se verá más adelante, hay un motivo específico.

Quedar en una situación de desempleo a partir de cierta edad hace más complicado para volver a encontrar un empleo, aunque no imposible. En los casos más extremos, el SEPE permite que los mayores a partir de los 52 años cobren una ayuda de 480 euros mensuales, el 80% del IPREM, hasta que encuentren uno o hasta alcanzar la edad de jubilación.

Otra de las protecciones para estos desempleados de larga duración es que ante la ausencia de cotizaciones, sí que permite cotizar por el 125% de la base mínima para la pensión de jubilación en cada mensualidad. Eso sí, habrá que estar activo como demandante de empleo durante todo el tiempo, suscribir el compromiso de actividad y demostrar unas rentas inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional en cada mensualidad (810 euros, actualmente).

El informe a presentar para no recibir la multa en el subsidio para mayores de 52 años

Una de las grandes advertencias que hace la administración pública de empleo sobre el subsidio para mayores de 52 años es que los beneficiarios deben entregar cada año un informe donde demuestren sus rentas mensuales durante los doce meses anteriores desde la fecha de inicio de la prestación. Es decir, que deben entregar una ‘Declaración Anual de Rentas’ para justificar que no sobrepasan ese límite del 75% del SMI.

Si se da el caso de que la persona incumple en algún mes con esa carencia de rentas, por ejemplo, por cobrar una herencia, debe avisar en el plazo de 30 días al SEPE de esta infracción.

Pero, ¿qué sucede si no se presenta la declaración anual de rentas? Pues que multará al desempleado de forma temporal, suspendiendo el pago de su subsidio por desempleo hasta que reciban la declaración.

No es la única sanción, porque no presentar el informe también deriva en interrumpir la cotización a la Seguridad Social que efectúa el SEPE por el trabajador.

¿Qué ocurre entonces? Pues que siempre que la presentación se haga fuera de plazo, el subsidio se reanuda si se cumplen los requisitos, pero con la fecha de la presentación de la declaración anual de rentas, de mosto que el cobro de los días superados se pierde.

Cómo solicitar la reanudación del subsidio para mayores de 52 años

Existen dos vías para tener derecho a volver a cobrar esta ayudas asistencial para personas con 52 años o más:

  • Por Internet, en la Sede Electrónica del SEPE. Previamente, habrá que identificarse con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve con usuario y contraseña.
  • Presencialmente en alguna de las oficinas de dicha administración. Con anterioridad, es obligatorio solicitar cita previa por Internet o por teléfono.

Hay que mencionar que si la infracción tiene carácter leve o grave, y no muy grave, la recuperación se hace de oficio, es decir, por el propio organismo, una vez finalizado el periodo sancionador. El fundamental que, a pesar de todo, siempre se mantenga activa la condición de demandante de empleo.

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