
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sufrirá a partir de junio una serie de cambios en el subsidio para mayores de 45 años, como confirma el acuerdo firmado por la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y los sindicatos para este tipo de prestaciones no contributivas. Sin embargo, con un sencillo truco, los desempleados de más de 45 años podrán cobrar hasta 570 euros al acceder a los subsidios por desempleo. Basta con cumplir con un requisito.
A pesar de que aún faltan flecos por definir, sí se conoce que el subsidio para los desempleados de entre 45 y 52 años quedarán incluidos en el subsidio por insuficiencia de cotización y el subsidio por agotamiento de la prestación por desempleo. Ambos presentarán grandes ventajas como el permiso para cobrarlo mientras se trabaja, entre otros.
A falta de definir cuáles serán todos los cambios, sabemos que desaparece la Renta Activa de Inserción (de la que se beneficiaban los desempleados de larga duración mayores de 45 años) y el específico para esa edad si no se tenían cargas familiares.
¿Cómo cobrar 570 euros al mes si soy desempleado mayor de 45 años?
La persona que quiera cobrar los 570 euros al mes tiene que cumplir varios requisitos, aunque el más importante es el de demostrar una carencia de renta. Una vez agotado el paro o si se tiene derecho a la ayuda por cotizaciones insuficientes, hay que acreditar que los ingresos mensuales no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, es decir, que están por debajo de los 850,5 euros al mes.
Ese es el sencillo truco para tener acceso a esos 570 euros. Aunque hay otro y tiene que ver con el momento en que puede solicitarse. Una vez que entre la nueva normativa, desaparece el mes de espera desde que se agota el paro y se puede pedir esa ayuda asistencial. La persona tiene 15 días hábiles (tres semanas) para hacerlo.
Otros requisitos para cobrar la ayuda del SEPE para mayores de 45 años
Al mismo tiempo que se acredita una falta de rentas, la persona tiene que estar en situación de desempleo o legal de desempleo, permanecer inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo que le dure el subsidio y suscribir un compromiso de actividad. Tampoco puede haber alcanzado la edad legal de jubilación.
Nueva cuantía del subsidio por desempleo para mayores de 45 años
Otra de las novedades que trae esta reforma es la subida de la cuantía de los subsidios en el primer año. Así, las personas desempleadas con entre 45 y 52 años, podrán recibir una mensualidad de 570 euros los seis primeros meses (corresponde con el 110% del IPREM). En los seis meses siguientes baja a los 540 euros mensuales (90% del IPREM), para fijarse al año en los 480 euros hasta que se agote la duración.

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