
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a la Comunidad de Madrid a indemnizar con 100.000 euros a un paciente por tardar cinco meses en operarle de una hernia discal, un retraso que agravó su estado de salud y le provocó una incapacidad permanente.
Todo empieza en febrero de 2021, cuando el demandante de 35 años y que trabajaba como celador de residuos comenzó a tener dolores lumbares intensos, los cuales se extendían hasta la pierna izquierda. Debido a esto decidió acudir a atención temprana, quien primero solicitó una radiografía en la cual no se veía nada. A pesar del diagnóstico, este seguía teniendo dolores y tras un episodio agudo en su puesto de trabajo, lo tuvieron que derivar al hospital de referencia, donde le diagnosticaron lumbociatalgia izquierda y se pautó tratamiento conservador.
A pesar del tratamiento al que fue sometido, este no mejoró y su situación se agravó, por lo que tuvo que acudir en varias ocasiones a consultas de reumatología y neurología. Finalmente, en junio de 2021 le hicieron una resonancia magnética y se confirmó que tenía una hernia discal lumbar L5-S1 con compresión de la raíz nerviosa. Los médicos le dijeron que tenía que operarse y junto a él, firmaron el consentimiento para ser incluido en la lista de espera.
Ahora bien, a pesar del diagnóstico clínico y radiológico, “la intervención quirúrgica no se realizó hasta cinco meses después de su inclusión en la lista de espera, sin que conste seguimiento médico durante ese periodo”, indica la sentencia. Finalmente, el paciente fue finalmente operado en octubre de 2021, pero, a los pocos días, sufrió una recidiva de la hernia que requirió una segunda cirugía urgente.
Tras las dos intervenciones, este nunca llegó a recuperarse plenamente. El dolor se volvió crónico y limitante, desarrollando un síndrome de “espalda fallida” y quedando incapacitado para su trabajo. Es decir, que la Seguridad Social le reconoció la incapacidad permanente en grado total para la profesión habitual.
El tribunal subraya que “la persistencia de la lumbociatalgia tras el tratamiento conservador y la falta de seguimiento mientras aguardaba la cirugía agravaron el daño neurológico, dando lugar a una incapacidad permanente”.
Indemnización de 100.000 euros e incapacidad permanente
La sentencia deja claro d que “la tardanza en la operación hizo que el paciente perdiera una oportunidad real de curarse”. Según el fallo, lo normal y recomendable habría sido operar “entre las cuatro y ocho semanas después de que los médicos decidieran que era necesario pasar por quirófano”. Pero aun así, esa espera injustificada cambió el resultado y “si se hubiera actuado a tiempo y siguiendo las buenas prácticas médicas, el daño se habría podido evitar o, al menos, reducir”.
Al final, la Justicia falla a favor de este hombre y la Comunidad de Madrid debe indemnizar a este hombre con 100.000 euros porque, “la atención médica le quitó al paciente la posibilidad de curarse y eso merece ser compensado, ya que existía una probabilidad razonable de que el daño no se hubiese producido si se hubiera actuado correctamente”.