Un hombre ha conseguido que la Seguridad Social le reconozca la incapacidad permanente total, pero no para su profesión habitual de fontanero en el que trabajo más de 20 años, sino para su último empleo como vigilante de seguridad. El Tribunal Supremo respalda así el criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que explicaron que su profesión habitual debía de ser la que desempeño en los últimos 22 meses antes de la incapacidad.
Este hombre nacido en 1974, desarrollo varios problemas graves de espalda tras más de 20 años trabajando como fontanero. Debido a esta situación la Seguridad Social le reconoció la incapacidad permanente total por enfermedad común debido a una hernia discal lumbar que le impedía continuar trabajando. A pesar de ello, tras someterse a una operación quirúrgica, la evolución fue favorable, por lo que tras una revisión la Seguridad Social procedió a retirarle la pensión, ya que no presentaba un grado suficiente de incapacidad.
Debido a esta situación el hombre tuvo que volver a la vida laboral y empezó a trabajar en 2019 como vigilante de seguridad, una profesión menos exigente físicamente. Así estuvo 22 meses, hasta que volvió el dolor y las limitaciones funcionales, por lo que volvió a solicitar la incapacidad permanente. En este punto, el Equipo de Valoración de Incapacidades del INSS, tras examinar su historial, denegó la prestación al entender que las lesiones “no alcanzaban un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral”.
No conforme, presento una reclamación, alegando que sus dolencias le impedían ejercer su oficio de fontanero y que esa debía ser su profesión de referencia. “No puedo realizar los esfuerzos que exige ese trabajo, que ha sido el mío durante toda la vida”, defendió en su recurso.
Derecho a la incapacidad permanente, pero para la nueva profesión
Ante esta situación en la que la Seguridad Social no le reconoció la incapacidad, este decidió acudir a los tribunales. El Juzgado de lo Social nº 1 de Ponferrada le dio la razón, declarando que estaba afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual de fontanero. El juez entendió que las secuelas derivadas de su hernia discal y los dolores crónicos le impedían desarrollar “las tareas de montaje, instalación, reparación y mantenimiento de sistemas de fontanería mediante el manejo de herramientas manuales o eléctricas”.
La Seguridad Social, al no estar conforme, presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que cambió el sentido del fallo. En su resolución del 26 de febrero de 2024, el tribunal determinó que el demandante “está afecto de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común para su profesión habitual de vigilante de seguridad”, y no para la de fontanero (muy importante este dato en esta sentencia). Según la Sala, el hombre había trabajado durante 22 meses en ese puesto, por lo que “no podemos afirmar que la profesión de vigilante de seguridad se haya desempeñado por un breve periodo de tiempo”.
Dos años no es una “profesión residual”
Frente a esta sentencia, el trabajador presentó recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, insistiendo en que su profesión habitual debía ser la que ejerció durante más 20 años. Pero aun así, el alto tribunal no le dio la razón desestimando su recurso y confirmando la decisión del TSJ.
Los magistrados explicaron que no puede considerarse “residual” una actividad desempeñada durante casi dos años, ya que la jurisprudencia solo lo admite cuando se trata de períodos “de unos pocos meses”. Por tanto, concluyeron que, al tratarse de una enfermedad común y haberse desempeñado el último trabajo durante un tiempo relevante, la profesión habitual debía ser la de vigilante de seguridad, y no la de fontanero.

