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Los funcionarios de la Seguridad Social coinciden: “Retrasar 4 meses la jubilación puede aumentar nuestra pensión en 200 euros más al mes”

Los coeficientes reductores actúan en forma de porcentaje sobre la cuantía y dependen de la modalidad, el total de años cotizados y los meses adelantados con respecto a la edad ordinaria.

Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social
Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social |YouTube
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

La jubilación anticipada permite a los trabajadores adelantar su edad ordinaria de jubilación y así disfrutar antes de la pensión a cambio de que la Seguridad Social aplique unos coeficientes reductores sobre la cuantía. Ahora, estos coeficientes en forma de porcentaje variarán en función de la modalidad (si es voluntaria o involuntaria), el total de años cotizados y los meses adelantados con respecto a la edad ordinaria del trabajador.

Las jubilaciones anticipadas involuntarias y voluntarias se encuentran recogidas en los artículos de la Ley General de la Seguridad Social 208 y 207 (consultable en este BOE), donde se detalla en una tabla que los recortes pueden llegar hasta el 30% en el caso de las involuntarias y del 21% en las voluntarias.

En este sentido, el funcionario de la Seguridad Social Alfonso Muñoz Cuenca ha explicado unos cuantos consejos a tener en cuenta antes de pedir la pensión de jubilación, ya que para la mayoría la jubilación será la principal fuente de ingresos.

Lo primero que recomienda es agotar la prestación contributiva por desempleo a la que tengamos derecho (el paro), ya que mientras estamos en esta situación seguiremos cotizando a la Seguridad Social, lo que sumará más años de cotización. Como bien explica el funcionario, la pensión depende principalmente “de los años cotizados y las últimas bases de cotización”, por lo que cuantos menos años adelantemos, mayor será la cuantía a cobrar.

El segundo consejo es solicitar la pensión de jubilación en diciembre, ya que, de esta manera, aprovecharemos la revalorización del siguiente año. Así lo recoge el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social. Esto es algo en lo que también coinciden muchos abogados como Andrés Millán.

El último consejo es “no solicitar la jubilación anticipada justo los 2 años antes de nuestra edad ordinaria”. El motivo son los coeficientes reductores, que son unos porcentajes que se aplican sobre la cuantía y “de por vida”.

Según el funcionario, los coeficientes dependen “de los meses que adelantemos nuestra jubilación, es decir, cuantos más meses adelantemos la jubilación, mayor será la penalización”. Y por otro lado, de los “años que tengamos cotizados”, por lo que “cuantos más años cotizados tengamos, menor será la penalización que se nos aplicará”.

Alfonso explica que la Seguridad Social cuenta con una tabla donde se puede consultar cómo funcionan los coeficientes reductores, los cuales quedan resumidos de la siguiente forma:

  • Los trabajadores con menos de 38 años y 6 meses tendrán un recorte que irá desde un 21% por dos años hasta un 3,26% por el adelanto de un mes.
  • Los trabajadores con entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses tendrán un recorte que irá desde un 19% por dos años hasta un 3,11% por el adelanto de un mes.
  • Los trabajadores con entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses tendrán un recorte que irá desde un 17% por dos años hasta un 2,96% por el adelanto de un mes.
  • Los trabajadores con más de 44 años y 6 meses tendrán un recorte que irá desde un 13% por dos años hasta un 2,81% por el adelanto de un mes.

Un ejemplo práctico

Para ver cómo afectan estas “penalizaciones” sobre la cuantía, el funcionario de la Seguridad Social explica que, por ejemplo, al esperar 4 meses (es decir, solicitar la jubilación un año y 8 meses antes), el coeficiente reductor baja casi a la mitad.

Él mismo pone un ejemplo en el que un trabajador cuya base reguladora es de 2.000 euros mensuales y tiene 38 años cotizados. Si este adelantara su edad de jubilación 24 meses, la cuantía se reduciría un 21%, es decir, que bajaría en 420 euros mensuales y la pensión resultante que cobraría sería de 1.580 euros. En el caso de que adelantemos la edad 20 meses, el coeficiente sería del 11% (casi la mitad), por lo que la cuantía que cobraría sería de 1.780 € mensuales.

Por todo ello, el funcionario explica que antes de pedir la jubilación anticipada revisemos nuestros años cotizados, los meses que vayamos a adelantar la jubilación y cuánto nos restaría para ver con qué cuantía nos sentiríamos cómodos al jubilarnos.