Las personas que podrán pedir la jubilación anticipada con solo 5 años cotizados

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones prepara la norma para que los trabajadores con una discapacidad igual o superior al 45 % puedan acceder a la jubilación anticipada con tan solo 5 años cotizados.

Trabajador con incapacidad permanente
Los trabajadores que pueden jubilarse con tan solo 5 años cotizados
Francisco Miralles

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por José Luis Escrivá, lanzó hace unas semanas la segunda reforma de las pensiones con la que se pretendía mejorar el acceso a la jubilación y mejorar las pensiones mínimas. Sin embargo, hay una medida que no llegó a incluirse. Esta es la mejora en el acceso a la jubilación anticipada a los trabajadores con discapacidad. El Gobierno de España quiere que estos puedan acceder con tan solo 5 años cotizados.

Hasta ahora, las personas con discapacidad podían acceder a la pensión de jubilación de manera anticipada con la edad de 52 o 56 años. Esta edad de acceso dependería del grado de discapacidad, de tal forma que si tuviera un grado igual o superior al 45 % la edad de acceso sería la de 56 años. En el caso de contar con una discapacidad igual o superior al 65 %, la edad de acceso sería la de 52 años.

Esta normativa se encuentra regulada bajo el Real Decreto 1851/2009, en el artículo 16.1bis de la Ley General de la Seguridad Social, que regula las jubilaciones anticipadas de trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 %. Este RD, que quiere modificar el ministro Escrivá, está diseñado para favorecer la jubilación anticipada a los trabajadores con discapacidad.

¿Qué trabajadores pueden acceder a la jubilación anticipada con 5 años cotizados?

Los trabajadores que cuenten con un grado de discapacidad igual o superior al 45 % podrán acceder a la jubilación anticipada con tan solo 5 años de cotización. También será necesario acreditar que durante 15 años se haya estado afectado por alguna de las patologías discapacitantes recogidas en la norma.

trabajador con discapacidad

En este sentido, hay que añadir que, según fuentes consultadas por Noticiastrabajo, la Seguridad Social seguirá pidiendo 15 años de cotización, pero al menos 5 años, han de ser cotizados bajo una discapacidad de al menos el 45 %.

Además, hay que aclarar que, salvo que el gobierno disponga otra cosa, esta medida será de aplicación para todo aquel hecho causante a partir de la aprobación de la entrada en vigor de la norma. Es decir, que no tendrá carácter retroactivo.

El Gobierno de España espera tener próximamente un borrador para que esta medida sea aprobada y conseguir mejorar el acceso a la jubilación anticipada a las personas trabajadoras con discapacidad, un colectivo que además cuenta con grandes dificultades para encontrar empleo.

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