
El Ministerio de la Seguridad Social tiene actualmente abierta una Mesa de Diálogo Social sobre pensiones donde se están debatiendo diferentes medidas de gran calado, como es la colaboración de las mutuas con la Seguridad Social, los coeficientes reductores en actividades penosas y peligrosas que se establecen al anticipar la jubilación, la recuperación del coeficiente multiplicador del 1,5 en los trabajadores fijos discontinuos o la compatibilidad entre trabajo y pensión.
A estas, se suma la reforma de la jubilación parcial, de gran interés tanto por parte de los sindicatos como de los empresarios. Sobre esta, uno de los principales cambios que propuso el Gobierno fue ampliar de 2 a 3 años el anticipo para acogerse a esta modalidad, aunque a cambio se exigía contar con más años cotizados. No obstante, según ha anunciado el secretario de Políticas Públicas y Protección Social de CCOO, Carlos Bravo, tras la reunión mantenida hoy, se ha retirado esta "contrapartida". Es decir, que no se aumentaría finalmente el número de años cotizados.
Bravo también ha confirmado que quedan varias materias pendientes sobre esta reforma, como es el planteamiento del Gobierno de aumentar a 34 años el requisito de acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo, en lugar de los 33 actuales. "Esto tiene una afectación a un número de gente limitado, ciertamente, pero son muy mayoritariamente mujeres y, por tanto, los elementos que tienen sesgo de género para nosotros no tienen ningún sentido", ha señalado.
Otro de los puntos que CCOO asegura que deben analizar es la calidad del empleo para las personas relevistas (las que cubren a las personas jubiladas parcialmente), ya que consideran que deben ser "personas con un contrato indefinido, en un puesto de trabajo no amortizable y con una base de cotización que mejoraba la anterior".
La Seguridad Social se compromete a remitir los textos normativos
Los sindicatos denunciaron la semana pasada el hecho de que no hubiera propuestas por escrito y, hoy, el Ministerio que dirige Elma Saiz se ha comprometido a remitir a las organizaciones sindicales y a las patronales los textos normativos sobre los asuntos que se están negociando. La próxima reunión será el lunes 29 de julio y la secretaria de Política Institucional y Políticas Territoriales de UGT, Cristina Estévez, ha expresado que será tal día cuando darán a conocer su análisis punto por punto.
Concentración de las jornadas laborales
Junto a la anterior, ahora se habría sumado otra propuesta, que es la posibilidad de concentrar las jornadas de trabajo si así se recoge en el convenio colectivo de aplicación, según ha podido saber ‘La Información’. En un principio, como apunta el citado medio, la intención de la Seguridad Social era que las personas que se acogiesen a la jubilación parcial tuvieran que trabajar todos los días hasta su jubilación completa (pero con la jornada reducida), y que no pudieran concentrar como ocurre ahora sus jornadas para poder así descansar antes hasta su retiro.
Esto, al parecer, no fue bien acogido por los sindicatos, que reprocharon al departamento de Elma Saiz que esta era la fórmula habitual en las empresas, además de que facilitaba la organización empresarial. Cabe recordar que la posibilidad de concentrar las jornadas no está reconocida como tal en la normativa, pero una sentencia del Tribunal Supremo, de 2017, estableció que esta práctica no era ilegal cuando la empresa y el trabajador llegaban a un acuerdo.
La novedad, según este medio, es que la Seguridad Social no se opone ahora completamente a ello, y ofrece que los trabajadores que se acojan a la jubilación parcial puedan acumular las jornadas si así se establece en el convenio colectivo. Sin embargo, los sindicatos tampoco estarían de acuerdo, y pedirían que se hiciera en el ámbito de empresa, como sucede en la práctica actualmente.
¿Por qué el departamento de Elma Saiz se mostraría reticente con la concentración de las jornadas? Fuentes del citado medio apuntan a que, para la Seguridad Social, esta fórmula convierte la jubilación parcial en una “jubilación anticipada” sin que se haya cotizado para ello. No obstante, el Tribunal Supremo no lo entendió así, ya que en la parcial se mantienen las retribuciones y las cotizaciones prorrateadas durante todo el periodo que dura la misma.
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