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La Seguridad Social puede denegar la pensión máxima aún teniendo 50 años cotizados: es necesario cumplir este requisito

A pesar de que con 36 años y 6 meses se tiene derecho al 100% de la pensión, esto no quiere decir que se tenga derecho a la pensión máxima, ya que son dos conceptos diferentes.


Oficina de la Seguridad Social
Oficina de la Seguridad Social |Europa Press
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

Tanto el acceso como el método de cálculo de la pensión de jubilación en España ha cambiado desde el 1 de enero de 2025. Debido a las últimas reformas llevadas a cabo por el Gobierno de España ha provocado que cada año sea necesario trabajar y cotizar más para cobrar el 100% de la pensión de jubilación. En este sentido, la Seguridad Social ha querido dejar claro, que cotizar más no quiere decir que se cobre la pensión máxima, ya que dependerá de la base reguladora. Es decir, es posible trabajar 50 años y no cobrar lo máximo de prestación.

Al acceder a la jubilación, es importante tener claro que no es lo mismo cobrar el 100% de la pensión que cobrar la pensión máxima, puesto que dos conceptos diferentes. El 100% de la pensión es el total que le corresponde al trabajador según su base reguladora. Ahora bien, aunque se tenga derecho al 100% de esa base reguladora, la pensión final nunca podrá superar la pensión máxima fijada por ley.

Por su parte, la pensión máxima es el tope legal que puede recibir una persona, ya sea con una sola pensión o cobrando varias pensiones contributivas al mismo tiempo. Ese límite no se puede superar, salvo si se percibe el complemento por brecha de género.

Requisitos para la pensión máxima

Para cobrar la pensión máxima de jubilación hay que cumplir dos requisitos clave que son, haber alcanzado la edad de jubilación y tener una base reguladora mínima. En función de esta base reguladora, será necesario tener más o menos años de cotización.

En 2025, la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y 8 meses o 65 años, si se ha cotizado al menos 38 años y 3 meses. Así, será necesario cumplir la edad ordinaria, ya que en el caso de adelantar el retiro, se aplicarían recortes sobre la cuantía.

Por otro lado, hay que tener una base reguladora mínima, que será mayor o menos en función de los años y meses cotizados. La Seguridad Social toma como referencia la suma de las 300 últimas bases de cotización (últimos 25 años trabajados) y el resultado es la base reguladora según explica la Seguridad Social.

De esta forma, si quisiéramos cobrar la pensión máxima necesitamos tener una base reguladora mínima de 3.812,20 euros (3.812,20 x 300 / 350 = 3.267,60). Eso si tuviéramos acceso al 100%, es decir, si tuviéramos al menos 36 años y 6 meses cotizados.

Esto último se debe a que la Seguridad Social aplica un porcentaje según los años cotizados. Cuantos más años, mayor será el porcentaje aplicado sobre la base reguladora. Ese porcentaje va del 50% (con 15 años cotizados) hasta el 100% (con 36 años y 6 meses o más).

En la siguiente tabla se puede consultar que base reguladora se necesitaría para cobrar lo máxima.

Años CotizadosPorcentaje de la Base ReguladoraBase Reguladora Mínima para Pensión Máxima (2025)
1550%----
1652.52%----
1755.04%----
1857.56%----
1960.08%----
2062.50%----
2164.82%----
2267.14%4866.85 €
2369.46%4704.29 €
2471.78%4552.24 €
2574.10%4409.72 €
2676.38%4278.08 €
2778.66%4154.08 €
2880.94%4037.06 €
2983.22%3926.46 €
3085.50%3821.75 €
3187.78%3722.49 €
3290.06%3628.25 €
3392.34%3538.66 €
3494.62%3453.39 €
3596.90%3372.14 €
36 años y seis meses o más100%3267.60 €

Por esta razón, no importa los años cotizados, es decir que puede haber trabajado 50 años que si la base reguladora es baja no se tendría derecho a la pensión máxima. Es necesario una base reguladora mínima y un mínimo de años cotizados.

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