Las condiciones para jubilarse en 2025 volverán a cambiar. Con la reforma del sistema de pensiones aprobada en 2013, cada año, la edad de jubilación subirá al igual que los años cotización necesarios para jubilarse con 65 años. Lo seguirá haciendo hasta 2027, donde serán los 67 años la edad estándar para acceder a la pensión completa.
Ahora mismo, en 2024, la edad de jubilación está fijada para los trabajadores en los 66 años y seis meses, si no han cotizado 38 años a lo largo de su vida laboral. En cambio, se podrá jubilar a los 65 años, si la cotización acumulada es superior a los 38 años.
Cambios a partir del 1 de enero de 2025
A partir de 1 de enero de 2025, los trabajadores que quieran jubilarse a los 65 años deberán haber cotizado a la Seguridad Social un total de 38 años y tres meses. En el caso de tener menos de 38 años y tres meses cotizados, la edad de retiro se situará en los 66 años y 8 meses, siempre que cumpla con el requisito mínimo.
Para acceder a la pensión contributiva de jubilación es necesario acreditar el periodo genérico que es tener 15 años cotizados. Además, hay que cumplir con la carencia cualificada o específica que es, que de los 15 años cotizados, al menos dos deben encontrarse dentro de los últimos 15 años anteriores al hecho causante.
Tener la edad para acceder a la jubilación no garantiza cobrar el 100% de la pensión. Para tener derecho al 100% la Seguridad Social pide tener 36 años y seis meses cotizados. Estos requisitos se mantendrán hasta 2027. A partir de esa fecha se exigirá tener 37 años cotizados.
¿Cómo cambia la edad de jubilación anticipada?
La edad de jubilación anticipada voluntaria se retrasa hasta los 64 años y 8 meses. Sin embargo, para aquellos con un mínimo de 38 años y tres meses cotizados a la Seguridad Social, la edad mínima de jubilación anticipada se sitúa en los 63 años.
En el caso de la jubilación anticipada involuntaria o forzosa, es posible retirarse hasta cuatro años antes de la edad legal ordinaria, es decir, a los 62 años y seis meses, o a los 61 años si se tienen cotizados 38 años y tres meses. Esta modalidad suele producirse por despido y afecta principalmente a trabajadores por cuenta ajena.
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