
Cierto es que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) tiene entre sus objetivos vigilar los movimientos con dinero en efectivo, tanto si son transferencias bancarias, depósitos en efectivo o operaciones a través de plataformas como Bizum. En este sentido, mucho se habla sobre si Hacienda puede o no multarnos por sacar dinero en efectivo o moverlo sin tener que darle explicaciones. La respuesta general, es que Hacienda no multa por sacar dinero en efectivo sin tener que darle explicaciones, salvo en casos muy concretos y que no afectará a la mayoría de ciudadanos.
Para entender mejor este punto, conviene acudir a la ley, concretamente a la Ley 11/2021 (se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado), es la que regula todo el tema relacionado con el fraude fiscal, las transacciones de dinero, incluidas las transferencias bancarias, los pagos digitales y los depósitos con dinero en efectivo. Esta norma explica en que casos nos podría sancionar Hacienda y como veremos no será en la mayoría de las situaciones.
Casos en los que Hacienda te puede sancionar por sacar dinero en efectivo
Según la normativa vigente, los bancos deben informar a la Agencia Tributaria cuando se realizan ingresos en efectivo iguales o superiores a 3.000 euros. Esta obligación está regulada por la Ley General Tributaria y por la normativa de prevención del blanqueo de capitales. Es decir, que el banco debe informar, pero eso no significa que Hacienda vaya a sancionar automáticamente. Solo si detectan algo sospechoso o incoherente, enviarán una notificación al contribuyente para que aclare el origen del dinero.
En el caso de las retiradas de efectivo, no existe un límite legal que obligue a informar directamente a Hacienda. Aun así, los bancos pueden pedir explicaciones si consideran que se trata de una operación que supera los controles internos que deben aplicar para evitar el blanqueo de capitales.
Para justificar ingresos en efectivo, es importante guardar siempre los justificantes: facturas, recibos o contratos que acrediten de dónde procede el dinero. En el caso de autónomos o empresas, es fundamental emitir facturas por cada operación y conservarlas.
Además, hay que recordar que el límite legal para pagar en efectivo es de 1.000 euros cuando interviene un profesional o empresario. Este límite se amplía hasta los 10.000 euros si el pagador es una persona con domicilio fiscal fuera de España, tal como recoge la Ley 11/2021.
¿Y qué pasa si tengo que pagar más de 10.000 euros? No pasa nada. Simplemente, en lugar de hacerlo en efectivo, deberás utilizar medios de pago como una transferencia bancaria, tarjeta, Bizum o cualquier otro método que deje rastro, para que Hacienda pueda verificar el origen y destino del dinero si lo necesita. Pero en cualquier caso, Hacienda no sanciona, salvo que se incumpla estos límites.
Cuáles son las sanciones
Hacienda considera como dinero en efectivo no solo los billetes y monedas de curso legal, sino también cheques bancarios al portador u otros medios similares, según lo establecido en la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales. En el caso de las criptomonedas como Bitcoin o Ethereum no se consideran efectivo, pero sí activos digitales, y tributan de forma distinta, como ganancias patrimoniales.
Si la Agencia Tributaria detecta movimientos en efectivo iguales o superiores a 3.000 euros y el contribuyente no puede justificar su procedencia, puede imputar ese importe como una ganancia patrimonial no justificada en el IRPF, según el artículo 39 de la Ley 35/2006.
Además, si se demuestra que hubo ocultación intencionada, la sanción puede llegar hasta el 150% del importe no declarado, aunque esto no se aplica de forma automática. Solo en casos donde se demuestre que ha existido fraude fiscal grave.
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