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Un inquilino entrega al propietario un piso con un desconchón en la bañera y meses después le reclama 5.100 euros por los daños: la justicia dice que eran desperfectos por el desgaste habitual y no por un mal uso

El propietario no logró demostrar que los daños fueran culpa del arrendatario y la justicia recuerda que la ley no permite cobrar al inquilino el desgaste habitual de una vivienda.

Una bañera deteriorada
Una bañera deteriorada |Envato
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:
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La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que un propietario debe devolver la fianza completa a su inquilino y no puede reclamarle 5.130,56 euros por supuestos desperfectos en la vivienda alquilada. La justicia considera que el casero no consiguió demostrar que esos daños fueran consecuencia de un mal uso del piso y entiende que podían deberse al desgaste normal por el paso del tiempo y el uso cotidiano.

Según la sentencia de 18 de marzo de 2026, ambas partes firmaron el 31 de marzo de 2022 un acuerdo para finalizar el contrato de alquiler y entregar las llaves de la vivienda. En ese documento solo quedó anotado un pequeño desconchón en la bañera, cerca del desagüe, además de la cuenta bancaria donde debía devolverse la fianza si correspondía. Meses después, fue cuando el casero reclamó más de 5.000 euros al inquilino alegando que en su momento no se dio cuenta de los daños porque no había luz en la vivienda para revisarla correctamente.

El inquilino, por su parte, reclamó la devolución de los 850 euros de fianza y tanto el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Alcalá de Henares como la Audiencia Provincial le han dado la razón. 

La Audiencia recuerda que la ley diferencia entre daños y desgaste normal de la vivienda

La Audiencia Provincial de Madrid recordó que el artículo 21 de la LAU obliga al propietario a hacerse cargo de las reparaciones derivadas del uso normal de la vivienda, salvo que el daño haya sido causado por culpa del inquilino.

Además, el artículo 1.561 del Código Civil establece que el arrendatario debe devolver la vivienda en buen estado, pero exceptuando el deterioro normal producido por el uso diario. Es decir, la ley no obliga al inquilino a dejar el inmueble “como nuevo”.

Precisamente por eso, la Audiencia consideró que el desconchón de la bañera podía haberse producido simplemente por el uso continuado y el paso del tiempo. El tribunal añadió que también es habitual que este tipo de daños termine generando oxidación sin que exista necesariamente un golpe o un mal uso.

La sentencia también mencionó el artículo 1.555 del Código Civil, que obliga al inquilino a cuidar la vivienda “como un diligente padre de familia”. Sin embargo, la Audiencia dejó claro que para exigirle una indemnización el propietario debe demostrar que hubo negligencia o un uso incorrecto, algo que en este caso no quedó acreditado.

La justicia rechaza que el casero retuviera la fianza sin pruebas suficientes

Uno de los argumentos principales de la empresa era que no pudo detectar correctamente los daños durante la entrega de llaves porque no había electricidad en la vivienda.

Sin embargo, la Audiencia rechazó esta explicación porque, según indica la sentencia, sí pudieron ver el pequeño desperfecto de la bañera que quedó reflejado en el documento firmado por ambas partes. Por eso, el se entendió que utilizaron algún medio de iluminación y que, si realmente existían daños importantes, también podrían haberse detectado en ese momento.

Además, la Audiencia dio mucha importancia al documento firmado al finalizar el alquiler, ya que en él solo aparecía mencionado ese desperfecto concreto y no el resto de daños que la empresa reclamó meses después.

En relación con la fianza, el tribunal aplicó el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que permite al propietario quedarse con ella únicamente cuando existan daños demostrados o cantidades pendientes de pago. Como el casero no consiguió probar que los desperfectos fueran responsabilidad directa del inquilino, la justicia concluyó que no tenía derecho a retener los 850 euros.

Por todo ello, fue obligado a devolver los 850 euros de fianza y no recibió los más de 5.000 euros que reclamaba.