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Laura Lobo, abogada experta en familias: “Aunque estés casado en gananciales, hay bienes que solo te pertenecen a ti”

La abogada aclara que el régimen de gananciales no convierte todo el patrimonio en común y explica qué bienes son privativos según el Código Civil.

Laura Lobo, abogada de familia y herencias
Laura Lobo, abogada de familia y herencias |YouTube
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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Uno los mitos más comunes y extendidos sobre el matrimonio es que, en régimen de gananciales es que “todo lo que se tiene pasa a ser de los dos”. Esto en realidad no es así, ya que la realidad jurídica es muy amplia y flexible. En este sentido, Laura Lobo, abogada experta en herencias y familias explica que, aunque un matrimonio se rija por el régimen de gananciales, hay bienes que siguen siendo exclusivamente de uno de los cónyuges. Estos son los denominados como bienes privativos y, se encuentran regulados en el artículo 1346 del Código Civil.

Lobo explica que “el famoso dicho de ‘lo tuyo es mío y lo mío es tuyo’ no es del todo cierto”, ya que la ley distingue de forma precisa qué bienes entran en la sociedad de gananciales y cuáles permanecen fuera de ella.

La ley distingue ocho tipos de bienes privativos

Si miramos al Código Civil, el mismo, establece ocho categorías de bienes privativos, los cuales no se pueden compartir, aunque el matrimonio sea en régimen de gananciales. “Son bienes que te pertenecen exclusivamente a ti, aunque estés casado” explica Lobo. Estos son:

  • Los bienes, derechos y animales que cada cónyuge tuviera antes del matrimonio.
  • Los bienes adquiridos por título gratuito, como una herencia o una donación.
  • Los bienes que sustituyan a otros privativos, por ejemplo, vender una casa heredada y comprar otra con ese dinero.
  • Los adquiridos por derecho de adquisición preferente que pertenezca solo a uno, como acciones o participaciones empresariales.
  • Los bienes inherentes a la persona e intransmisibles entre vivos, como un usufructo vitalicio o un plan de pensiones.
  • Las indemnizaciones por daños personales o materiales sufridos por uno de los cónyuges, como las derivadas de un accidente de tráfico.
  • Los bienes de uso personal que no tengan un valor extraordinario, como la ropa o efectos personales.
  • Los instrumentos necesarios para el ejercicio de una profesión, siempre que no formen parte de un negocio común.
Artículo 1346 del Código Civil
Artículo 1346 del Código Civil | BOE

Por qué es importante conocer la diferencia

Es necesario conocer esta diferencia, porque es importante (aunque nadie lo quiera) en situaciones de divorcio, separación y en casos de recibir una herencia. “Muchos conflictos surgen por desconocer que ciertos bienes, aunque se adquieran durante el matrimonio, pueden seguir siendo solo de uno de los cónyuges”, explica la abogada.

Así, en los casos de disolución del matrimonio, solo los bienes gananciales son los que se reparten, mientras que los privativos quedan fuera del mismo. Esta diferencia también afecta a la hora de pagar impuestos, pues puede influir en la liquidación, ya sea del impuesto de transmisiones patrimoniales (el conocido ITP) o en la declaración de la Renta IRPF.

Qué dice el Código Civil

Los bienes gananciales y privativos se encuentra regulados en los artículos 1344 a 1361 del Código Civil, donde se recoge que el régimen de gananciales implica que las ganancias obtenidas indistintamente por cualquiera de los cónyuges se hacen comunes. Ahora bien, el artículo 1346 explica qué bienes se quedan fuera.

Además, el Código Civil aclara que, si un bien no puede determinarse claramente como privativo o ganancial, se entiende que será ganancial hasta que se demuestre lo contrario (así lo dice el artículo 1361). De ahí la importancia de saber el origen y la titularidad de todos los bienes.

Laura Lobo termina explicando la importancia de “conocer la diferencia entre bienes gananciales y privativos” pues “puede evitar muchos conflictos futuros”, señala. En sus palabras, “la ley no impone que todo sea de los dos; hay bienes que siempre serán solo tuyos”.