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La Seguridad Social explica cómo saber si se puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital de una forma muy sencilla

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha lanzado una herramienta para conocer si se puede cobrar esta prestación analizando las rentas o la situación laboral.


Elma Saiz
La Seguridad Social explica cómo saber si se puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital de una forma muy sencilla |Europa Press
Berta F. Quintanilla
Fecha de actualización:

La Seguridad Social ha avisado en su red social X de la existencia de una herramienta con la que se puede saber si se reúnen los requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y el Complemento de Ayuda a la Infancia (CAI). 

Es un sistema muy sencillo en el que hay que contestar algunas preguntas, identificarse, rellenar un formulario y, por último, enviar los datos. No se tarda más de 16 minutos, como indica el departamento de Elma Saiz al final de la página. 

Lo siguiente será señalar el número de personas que componen la unidad de convivencia. Este dato es obligatorio y es fundamental que el solicitante también se cuente. Ahora, ¿qué es una unidad de convivencia para la Seguridad Social? Está compuesta por todas las personas que vivan en el mismo domicilio y que estén unidas por vínculo matrimonial o pareja de hecho, además de otros familiares con hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

Cómo completar el simulador para saber si se cobrará el IMV

Después de introducir los datos de la unidad de convivencia, el sistema pide el número de menores que hay en el hogar. También es obligatorio y habrá que tener en cuenta que si quien solicita el IMV es un menor emancipado se considera como una persona adulta en la solicitud. En ese caso, no deberá contestar a esta pregunta.

El siguiente paso es la edad, y aquí hay varias franjas: entre 18 y 22 años, entre 23 y 29 años, de 30 a 64 años, 65 o más, 16 a 18 años (en el caso de que sea menor, deberá estar emancipado) y menos de 18 años

Otro dato importante para la Seguridad Social a la hora de conceder el Ingreso Mínimo Vital es el estado civil. Se podrá marcar casado, soltero, pareja de hecho, viudo, separado / divorciado, en trámite de separación, divorcio o disolución de pareja de hecho legalmente constituida en esta misma situación pero con la pareja no formalizada. 

Para que una pareja de hecho sea considerada válida por la Seguridad Social tendrá que haberse formalizado con al menos dos años de antelación cuando no tienen hijos. Si tienen familia, no es necesario este trámite.

Es importante que se concrete el vínculo que se tiene con la persona que ocupa el primer lugar de la unidad de convivencia. En este caso, hay muchas opciones, y habrá que marcar la que corresponda. Entre estas están la de hermano, pareja de hecho, padre, madre, suegro, hijo, abuelo…

Residencia en España desde hace un año

La residencia en España debe concretarse en el siguiente punto con la pregunta ¿residen todos los integrantes de la unidad de convivencia de forma legal e ininterrumpida en España desde hace al menos un año?

La edad de aquellas personas que viven en la casa es importante también y ahora pregunta si todos los integrantes de la unidad de convivencia tienen menos de 23 años o es orfandad absoluta. La orfandad absoluta, como la entiende este organismo público, se da en aquellas personas con dos progenitores fallecidos. O si siguen vivos pero al menos uno de los dos está en paradero desconocido.

¿Durante cuánto tiempo han convivido juntos? Debe ser de forma continuada y como fecha indicativa pone 6 meses. Otro punto a tener en cuenta es si alguien de los residentes en la misma vivienda tiene algún tipo de discapacidad (igual o superior al 65%) y poco más tarde pregunta por si hay personas que están cobrando algún tipo de prestación o ayuda así como la cuantía.

En el caso de que se esté recibiendo alguna ayuda o se tengan ingresos procedentes de algún trabajo, el sistema pedirá que se especifique la cantidad. Para terminar, la web muestra si se tiene derecho o no a cobrar el IMV. En caso de que sea positivo, la imagen de un documento aparecerá con un tick verde y señala que se cumplen los requisitos, y si no se tiene derecho, saldrá la misma imagen con un marcador rojo. 

Estos datos sólo tienen valor de simulación, de modo que en caso de querer estar seguro, habrá que acudir a una oficina de la Seguridad Social o realizar los trámites a través de la sede electrónica.

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