Hacienda informa a partir de qué cantidad hay multa al usar Bizum

La Agencia Tributaria informa que a no ser que superen la cantidad de 10.000 euros anuales y hubiera una ganancia, no hay que declararlo.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero
Hacienda informa que en la mayoría de ocasiones no hay multa. EFE
Francisco Miralles

Bizum se ha convertido en la nueva modalidad de pago en España. Desde pagar una cena, regalo o hasta ajustar la cuentas con familiares y amigos, esta modalidad de pago le ha ganado el terreno al pago de dinero en efectivo o las transferencias bancarias. Lo cierto es que al ser un pago digital, muchas personas se preguntan si hay que declararlo y si Hacienda te puede multar por hacer un Bizum.

Es cierto que la Agencia Tributaria, o mejor dicho el Fisco, tiene la obligación de controlar y fiscalizar todo el flujo de dinero en España, tanto la entrada como la salida del mismo. Para ello, y entender si hay sanciones a la hora de hacer un Bizum, hay que acudir al la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado (BOE).

Para Hacienda y a efecto fiscales, un Bizum es exactamente igual que una transferencia bancaria y, por tanto, como norma general, entre particulares no debemos informar a Hacienda. Mirando desde un punto de vista cotidiano, casi todas las personas hacemos transferencias bancarias y nunca se notifica.

Ahora, eso no quita que las entidades bancarias informen al Fisco (Conjunto de órganos de la Administración pública que se encargan de la gestión y recaudación de impuestos) de los movimientos de una cuenta corriente. Entre estos movimientos se encuentra los Bizum y transferencias, así como la extracción de dinero.

¿Hacienda multa por hacer Bizum?

Como norma general no, no hay multa de Hacienda por enviar dinero por Bizum, ya que, tal y como indica la Agencia Tributaria, son movimientos habituales del día a día y que no tiene como objeto lucrarse. Sin embargo, si hubiera varios Bizum a lo largo de un año fiscal que superasen los 10.000 euros y hubiera una ganancia de por medio, sí habría que declararlo y, en caso de no hacerlo, conllevaría multa.

En este punto, las cenas, comidas, regalos entre familiares u otro tipo de transacción en la que no hubiera una ganancia y fuera inferior a los 10.000 euros no habría que informar a Hacienda.

En el caso de personas jurídicas, como autónomos o empresas, se aplica la misma normativa. Si el volumen de transacciones a través de Bizum excede los 10.000 euros anuales, es obligatorio declararlo al Fisco, que es la entidad estatal encargada de la recaudación de impuestos.

Límites en los Bizum

Desde 2021, los envíos y recepciones de dinero por Bizum están sujetos a límites. Diariamente, se pueden recibir hasta 2.000 euros y un máximo de 60 Bizum al mes. Aunque el envío de dinero es en principio ilimitado, existen restricciones en la cantidad por operación, el número total de Bizum y el límite mensual.

Por operación, se puede enviar un mínimo de 0,5 euros y un máximo de 1.000 euros. El envío diario no puede exceder los 2.000 euros, y mensualmente, el límite es de 5.000 euros. A continuación, se detallan gráficamente los límites:

Tipo de operación:

  • Enviar: Entre 0,5 y 1.000 euros por operación.
  • Recibir: No se especifica límite por operación.

Número de Bizum:

  • Enviar: Ilimitado hasta 2.000 euros por día (CaixaBank tiene un límite de 500 euros).
  • Recibir: Hasta 60 Bizum al mes.

Cantidad mensual:

  • Enviar: Hasta 5.000 euros al mes.
  • Recibir: Hasta 2.000 euros por día.

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