
Hacienda ha lanzado un nuevo aviso a todas aquellas personas que vendan artículos de segunda mano en plataformas como Vinted o Wallapop. La Agencia Tributaria ha recordado que estas operaciones no están exentas del pago de impuestos y aclara a partir de cuántas ventas hay que rendirles cuentas para evitar sanciones.
Aunque se pueda pensar que estas operaciones pasan desapercibidas para la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), las plataformas de venta tienen la obligación de enviar la información de aquellos usuarios que superen alguna de estas dos condiciones:
- Tener unos ingresos superiores a los 2.000 euros al año.
- Hacer más de 20 operaciones al año.
Qué impuesto hay que pagar por hacer vender en plataformas de segunda mano
A través de su cuenta de Facebook, Hacienda ha explicado a los usuarios que habrá no en todos los casos habrá que pagar impuestos por vender artículos en plataformas como Vinted o Wallapop, incluso cuando se paga por Bizum.
La mayoría de operaciones estarán exentas, ya que lo normal en estas ventas es que el valor de la operación sea menor que el precio por el que se compró, y estas únicamente tributarán en el caso de que se obtengan ganancias patrimoniales.
Según el ejemplo puesto por Hacienda, si en su momento se compró una bicicleta por 400 euros, y se vende por 250 euros no habrá que declarar, ya que se han perdido 150 euros.
Por tanto, las operaciones tributaran en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) cuando se hayan vendido por un precio mayor al que se compró. Habrá que incluir, por tanto, estas ganancias patrimoniales en la declaración de la renta, cuando se superen los límites antes mencionados.
Multas de Hacienda por no declarar las ventas en plataformas de segunda mano
La Ley General Tributaria establece las sanciones correspondientes a no declarar ingresos dependiendo del tipo de infracción, y las clasifica de este modo:
- Infracciones leves: Multa del 50% del importe, cuando la base de la sanción sea inferior o igual a 3.000 euros o, siendo superior, no exista ocultación.
- Infracciones graves: cuando la base de la sanción sea superior a 3.000 euros y exista ocultación. Multas de entre el 50% y el 100% de la cantidad.
- Infracciones muy graves: Multas de entre el 100% y el 150% del importe cuando se hubieran utilizado medios fraudulentos.
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