
En España, los contribuyentes corren el peligro de acumular alguna deuda con Hacienda a lo largo de sus vidas, ya sea por el IRPF o por cualquier otro impuesto. Es por eso que buscan conocer: ¿Cuál es el límite de ingresos por el que me puedo librar de una deuda con Hacienda? Hay que tener en cuenta que desde junio de 2022, Hacienda perdona las deudas de los contribuyentes que sean inferiores a tres euros, aunque hay otros límites que también permiten a muchos trabajadores y pensionistas quedar exentos.
Según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) en una resolución conjunta emitida por la Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de la AEAT, “se perdonan todas las deudas siempre y cuando sean inferiores a los tres euros”. Pero, ¿por qué permite esto el Fisco?
Desde Hacienda explican que esta decisión se toma con el fin de anular todas las deudas o liquidaciones por motivos económicos y de gestión de recursos. La cuantía inferior a tres euros es “insuficiente” para la cobertura del coste que representa su recaudación. En otras palabras, no sale rentable para la administración tributaria por el bajo coste y el tiempo invertido.
Hacienda tampoco puede embargar cuantías inferiores al SMI
Echando un vistazo al Estatuto de los Trabajadores, este texto legal muestra en el artículo 27.2 que no se puede dejar al ciudadano con menos del Salario Mínimo Interprofesional. En caso de que una persona trabajadora o un pensionista (la pensión cuenta como rendimientos de trabajo) tenga deudas con Hacienda y sufra un embargo del salario o pensión, este no puede superar al SMI vigente en cada momento. Esto es, el SMI es inembargable.
Así pues, en 2024 el Fisco no puede embargar una cuantía menor a los 1.134 euros mensuales, en 14 pagas anuales. A partir de ese límite, sí se puede embargar el porcentaje correspondiente según la cantidad deudora.
¿Cómo saber si tengo una deuda con Hacienda?
Existen dos formas de saber si se tienen deudas con Hacienda: acudiendo de forma presencial a alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria (es necesario pedir cita previa) o a través de su Sede Electrónica.
La forma más rápida es a través de su Sede Electrónica, la cual indicará al instante si tenemos o no una deuda pendiente con la administración. Hacienda tiene una sección dentro de su portal “Consultar deudas” donde introduciendo el DNI o bien con certificado digital o DNI electrónico es posible consultarlo.
Si tras realizar la consulta contáramos con alguna deuda con la administración, la Agencia Tributaria facilitará una pasarela de pago con la que saldarlas. Tras el pago, es posible descargar un documento PDF con el justificante del pago y estar al corriente de no tener deudas con Hacienda.

“Los autónomos deberían contar con un subsidio para mayores de 52 años y con menos burocracia"
Otras noticias interesantes
Lo más leído
- Un jubilado que vivía solo deja su casa de 750.000 euros a una camarera y ahora los hijos reclaman la herencia
- Este es el impuesto que se tiene que pagar en la Comunidad de Madrid para recibir una herencia
- La Seguridad Social avisa del SMS que están recibiendo los que tienen una baja médica por incapacidad temporal
- La OCU declara estas 3 marcas de leche como las peores de España
- Llevan cuatro años observando el teletrabajo y lo tienen claro: "Trabajar desde casa nos hace mucho más felices"
- El precio de la luz se dispara este jueves con la nueva tarifa: hasta 7 horas con la electricidad a 0 euros
Últimas noticias
- La Justicia sentencia que gritar a un Guardia Civil “te mato” y “te rajo” no es atentado, sino amenazas leves
- Encuentran un yacimiento de petróleo en el centro de Europa que podría dar un vuelco a la economía energética mundial
- Le preguntan a una jubilada en Cuba lo que cobra de pensión y así reacciona
- Tres herederos se enteran que la Seguridad Social sigue abonando la pensión de su padre fallecido hace 15 años, le reclaman 12.410 euros y la justicia dice que ya ha prescrito
- La Justicia avala que los propietarios de las viviendas okupadas puedan cortar la luz, el gas y el agua