El SEPE te permite cobrar todo el paro de golpe si cumples estos requisitos

Las personas que quieran emprender, y se encuentren en desempleo, pueden pedir la capitalización del paro al SEPE.

Oficina de empleo del SEPE
Puedes cobrar el paro de golpe en estos casos EFE
Esperanza Murcia

Las personas que pierden su trabajo de manera involuntaria, pueden acceder a la prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), más conocida coloquialmente como el paro. Sin embargo, esta ayuda contributiva no solo se puede recibir mientras se encuentra trabajo, sino también para emprender. Es lo que se conoce como la capitalización del paro y permite recibir en un pago único la prestación por desempleo. Esto es, cobrarla de golpe.

Asimismo, permite otras dos modalidades de cobro: cobrar solo una parte, para pagar las cuotas de la Seguridad Social o combinar ambas, es decir, utilizar una parte para emprender el negocio (por ejemplo, para costear las obras) y otra parte para pagar las cuotas. A fin de cuentas, como recoge el SEPE en su página web, se trata de una medida para “facilitar iniciativas de emprendimiento y de empleo autónomo”.

Por ello, las pueden solicitar todos estos colectivos:

  • Personas que vayan a incorporarse de forma estable como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales.
  • Para empezar a desarrollar una actividad como autónomo. Esto es, emprender un negocio o montar una empresa. No es válido para las personas que vayan a darse de alta como autónomos firmando un contrato con una empresa.
  • Personas que van a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva creación o creada como mucho 12 meses antes, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad, se vaya a ejercer en la misma una actividad profesional y se produzca un alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
  • Personas que vayan a adquirir acciones de la mercantil en la que trabajaban declarada en concurso y su posterior transformación en sociedad laboral o cooperativa.

Asimismo, es necesario cumplir con unos requisitos.

Requisitos para cobrar el paro del SEPE en un pago único

El Servicio Público de Empleo Estatal exige cumplir los siguientes requisitos para recibir el paro que nos corresponde por nuestros años trabajados en un pago único:

  • Cumplir los requisitos para recibir la prestación por desempleo. Si se capitaliza el paro para ser socio trabajador, no hay que encontrarse en situación legal de desempleo.
  • Contar con al menos tres meses de ayuda (en el caso de los beneficiarios de la prestación por cese de actividad, se deberá tener pendiente de recibir como mínimo 6 meses).
  • No haber cobrado el pago único, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde que se concede el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud. 

A tener en cuenta es que si se ha impugnado el despido que ha dado lugar a la prestación por desempleo, hay que esperarse a solicitar el pago único una vez se conozca la resolución, ya que si se declara despido nulo, no estaríamos en situación legal de desempleo. Asimismo, no pueden pedir la capitalización del paro las personas que hayan compatibilizado un trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo en los 24 meses anteriores. 

Documentación y cómo se solicita

La capitalización del paro se puede solicitar en la Sede Electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo. Para ello, las personas interesadas deben presentar el impreso de solicitud de pago único (se puede descargar en la página web del SEPE), el DNI y una memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad a desarrollar y de la inversión a realizar (si se solicita para pagar las cuotas de la Seguridad Social, no hace falta detallar la inversión).

Asimismo, dependiendo del tipo de actividad, se deberán presentar otros documentos específicos. Una vez que se perciba el importe de la prestación, se debe iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes y presentar ante el Servicio Público de Empleo Estatal la documentación que justifique el inicio de la misma.

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