Llegó el día por el que miles de personas desempleadas en España podrán cobrar un subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Este viernes, 1 de noviembre de 2024, entran en vigor la mayoría de medidas del Real Decreto-Ley 2/2024, sobre la reforma de los subsidios impulsada por Yolanda Díaz. Pero, ¿quiénes serán esos beneficiarios? ¿Qué ocurrirá con aquellos que ya reciben la ayuda?
Esta normativa sobre las ayudas asistenciales del SEPE reducirá el número de ellas al mismo tiempo que amplía el número de perceptores que las soliciten desde noviembre de 2024. Esto significa que solo aquellos que cumplan los requisitos y queden en desempleo desde esta fecha, podrán acceder a ellos. Antes estaban excluidos y son los que se recogen a continuación:
- Los menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
- Los trabajadores agrarios eventuales.
- Los trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla.
- Los mayores de 16 años víctimas de violencia de género o violencia sexual.
- Los emigrantes españoles retornados sin derecho a prestación contributiva (el paro).
¿Qué ocurrirá con los actuales beneficiarios del subsidio a partir de noviembre?
No pasa absolutamente nada. El casi millón de personas desempleadas que actualmente cobran la ayuda asistencial en España seguirán recibiendo su actual subsidio por desempleo por la cuantía y duración que les corresponda desde el momento en el que se les aprobó. A quienes, por ejemplo, el SEPE se los ha aceptado hasta el 31 de octubre, recibirán el subsidio correspondiente, que puede ser:
- El subsidio por insuficiencia de cotización.
- La ayuda familiar.
- El subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares.
- El subsidio para mayores de 52 años.
- El subsidio por revisión de una incapacidad permanente.
- El destinado a liberados de prisión.
- El destinado a emigrantes retornados.
- La Renta Activa de Inserción (RAI).
- El Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
Cabe mencionar que la Seguridad Social permitirá desde el 22 de noviembre que todos los desempleados, al agotar la duración del subsidio, pasen directamente a cobrar el Ingreso Mínimo Vital con el fin de seguir protegiéndoles económicamente. El único punto negativo es que pierden el derecho a cursos y formaciones o a ser llamados para entrevistas de trabajo directamente desde el SEPE.
Por el contrario, a partir de noviembre el número de ayudas se reduce a cuatro: el de insuficiencia de cotización, el destinado a desempleados con 52 años o más, el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva por desempleo (el paro) y el destinado a mujeres víctimas de violencia machista o de trata y violencia sexual.
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