Los jóvenes españoles conforman uno de los sectores sociales que más sufren el desempleo y la precariedad laboral. Muestra de ello son los últimos datos del paro de abril, donde los menores de 25 años sin trabajo ya alcanzan los 337.936 parados, aunque siendo 16.925 personas menos (-8,26%) con respecto al mes anterior.
Ante esta realidad, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece a este colectivo de jóvenes en situación de desempleo una serie de ayudas mientras vuelven al mercado laboral.
Dentro de las ayudas ofrecidas por el SEPE, destacan principalmente dos tipos: la prestación contributiva y el subsidio por desempleo. Para acceder a la prestación contributiva, es necesario haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Por otro lado, el subsidio por desempleo está diseñado para aquellas personas que no han alcanzado suficientes cotizaciones para acceder al paro.
Esta situación es particularmente común entre los jóvenes, quienes suelen estar iniciando su trayectoria laboral y enfrentan dificultades para obtener un empleo estable. En respuesta a esta problemática, el SEPE ofrece las siguientes ayudas para los menores de 25 años.
Prestación contributiva por desempleo
La prestación contributiva o paro es la ayuda para los trabajadores que han cotizado al menos 360 días por trabajo en los últimos seis años. Su duración irá en función de los días cotizados por desempleo y las cuantías cobradas en la nómina.
El paro tiene una duración que va desde los cuatro meses y hasta los dos años, en función de las cotizaciones por desempleo. Para tener dos años de paro, será necesario tener al menos 2.160 días cotizados (consultar duración del paro).
Durante los primeros 180 días de desempleo, se percibirá el 70% de la base reguladora, y luego, a partir del día 181, el 60% hasta conseguir empleo o agotar la prestación. Esta ayuda contará con unos topes máximos y mínimos que irán desde los 560 euros al mes hasta los 1.575 euros mensuales para los desempleados con dos hijos o más a cargo.
Subsidio por insuficiencia de cotización
Esta prestación está destinada a desempleados que no tienen derecho a paro, pero cuentan con al menos tres meses de cotización por trabajo. Es decir, o se tiene derecho a paro o a este subsidio, aunque como explica el SEPE, siempre será mejor cobrar el paro, ya que puede dar acceso a los subsidios por agotamiento como es la ayuda familiar.
Para acceder a él, es necesario contar con rentas inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, sin contar la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias. Esto son 850,50 euros al mes.
El importe de esta ayuda es de 480 euros al mes (80% del IPREM) y su duración será de seis meses en caso de que haya cotizado seis meses o más y no se cuente con responsabilidades familiares. En el caso de que el menor de 25 años cuente con cargas familiares, la duración será de 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente, y de 21 meses si se ha cotizado por 6 meses o más.
Subsidio extraordinario por desempleo
El subsidio extraordinario por desempleo, es una de las últimas ayudas del SEPE, solo pueden solicitarlo los desempleados que lleven más de un año parados y hubieran agotado toda prestación o subsidio como la Renta Activa de Inserción.
Esta ayuda tiene una cuantía de 480 euros al mes y se puede cobrar durante 6 meses, pero no hay opción a prórroga. Una vez finalizado, el beneficiario no tendrá derecho a más prestaciones tal y como indica la web del SEPE.
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