¿Cómo consultar las notificaciones de la Agencia Tributaria?

Estos son los pasos para consultar las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria. Requisitos de acceso al servicio y cada cuánto hay que revisarlas según Hacienda.

Una oficina de la Agencia Tributaria
Las notificaciones de la Agencia Tributaria deben revisarse cada 10 días EP
Esperanza Murcia

La Agencia Tributaria permite consultar en su página web todas las notificaciones que se dirigen a nombre del usuario. De hecho, el organismo aconseja consultarlas con frecuencia, ya que muchas de ellas han sustituido a las tradicionales cartas que enviaban por correo postal. El objetivo es agilizar la gestión de trámites, limitando únicamente sus oficinas físicas para las gestiones estrictamente necesarias. 

Hay que señalar que, en algunos casos, existe la obligación de recibir por medios electrónicos estas comunicaciones y notificaciones. Se trata de las siguientes personas y entidades, tal como recoge Hacienda en su portal web: 

  • Personas jurídicas.
  • Entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  • Empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público.
  • Contribuyentes inscritos en el Registro de Grandes Empresas.
  • Contribuyentes que tributen en el Régimen de Consolidación Fiscal del Impuesto sobre Sociedades.
  • Contribuyentes que tributen en el Régimen especial del Grupo de Entidades del IVA.
  • Contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).

¿Cómo puedo ver mis notificaciones de la Agencia Tributaria?

Para acceder y consultar las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria existen tres métodos de acceso: desde la Sede Electrónica del organismo, mediante el punto de acceso general de la Administración General del Estado y a través de la carpeta ciudadana. En caso de que se elija la primera opción, procedimiento que posteriormente se explicará paso a paso, hay que identificarse previamente con Certificado Digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. 

Si se cuenta con alguna de estas acreditaciones, solo habría que seguir los siguientes pasos:

  • Acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. 
  • Entrar en el “Área personal”, situada en la esquina superior derecha. 
  • Pulsar en “Mis notificaciones”.
  • Hacer clic en “Consulta de notificaciones y comunicaciones”. 
  • Identificarse con alguno de los métodos anteriormente citados. 
  • Tras ello, el portal dirige al área personal pudiendo filtrar los resultados por tipo, rango de fechas, “leídas”, o en “en nombre de”. 

Consulta de notificaciones en la Agencia Tributaria "en nombre de".

Al seleccionar la opción de “en nombre de”, se pueden filtrar las notificaciones de la persona o entidad seleccionada, que puede ser el propio contribuyente, una entidad a la que se representa o una persona y entidad apoderada por el contribuyente. Si se quieren localizar notificaciones y comunicaciones de terceros, será necesario indicar en dicho campo el NIF del apoderado o de la entidad a la que se sucede. 

Cuando se aplican filtros de búsqueda, se muestran los últimos 10 resultados, aunque si se pulsa en la pestaña “Más”, se pueden consultar el resto de notificaciones. Asimismo, desde el propio buscador, que se encuentra en la parte superior, se puede acceder a un enlace con un resumen de las notificaciones y comunicaciones no leídas. En algunos casos, también será posible descargar un documento PDF. 

También es importante señalar que la Agencia Tributaria avisa de que se deben revisar las notificaciones una vez como mínimo cada 10 días. Para facilitar esta revisión, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre permite configurar desde el perfil una o varias cuentas de correo electrónico, por la que de forma no vinculante se informaría de la entrada de nuevas comunicaciones o notificaciones. Los interesados también se pueden suscribir al sistema de avisos de la Agencia Tributaria. 

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