Hacienda permite aplazar deudas e impuestos a los autónomos hasta final de año

Los trabajadores autónomos pueden aplazar sus deudas e impuestos hasta final de año. Así lo ha confirmado Hacienda a través de la Agencia Tributaria, pero, ¿cuáles son aplazables?

trabajador autónomo
Así pueden librarse los autónomos de sus obligaciones fiscales hasta final de año EFE
Isabel Gómez

De los 3,3 millones de autónomos que cotizan actualmente en la Seguridad Social, son muchos los que tienen que enfrentarse a obligaciones fiscales después del verano. Como muchos de ellos tienen dificultades para hacerles frente, buscan saber si pueden aplazarlas durante unos meses o no. Desde la Agencia Tributaria han respondido confirmando que Hacienda permite aplazar deudas e impuestos hasta final de año, pero, ¿cuáles están permitidas?

A partir de septiembre, los trabajadores autónomos tienen que hacerle frente a la declaración trimestral del IVA, pagar el segundo plazo de la declaración anual de la Renta, los rendimientos de las viviendas turísticas, si las tuviera, el impuesto de sucesiones trimestral…

Tal y como apunta la Agencia Tributaria a través de su plataforma web, “los autónomos siempre y cuando tengan deudas que no se consideren como “inaplazables” o que hayan sido liquidadas por Hacienda o autoliquidadas por el propio contribuyente.

¿Cuáles son las próximas obligaciones fiscales que pueden aplazar los autónomos?

Hacienda tiene establecido un calendario donde quedan establecidos todas las fechas a la que hay que hacerle frente a los impuestos y de la que se ha hecho eco Autónomos y Emprendedores. Algunas de las próximas obligaciones tributarias más frecuentes que tienen estos trabajadores y que serían aplazables, siempre y cuando no haya iniciado ya un embargo, son:

Hasta el 2 de octubre:

El modelo 303, una declaración mensual de la autoliquidación del IVA del mes de agosto. Es posible alzar hasta 50.000 euros de deuda sin garantía.

Hasta el 20 de octubre:

El modelo 130 y 131, relacionado para efectuar los pagos fraccionados de Renta a través del modelo 130 (por estimación directa) y 131 (módulos). Ambos modelos son aplazables.

El modelo 303 de autoliquidación del IVA del tercer trimestre de 2023. Es la declaración más habitual entre los autónomos en los próximos meses y, en principio, también sería aplazable a través del mecanismo automático que permite posponer hasta 50.000 euros de deuda sin garantía.

Hasta el 30 de octubre:

El modelo 303 de también el modelo de autoliquidación mensual de IVA referente a septiembre de 2023, que al igual que el resto de liquidaciones es aplazable.

Hasta el 6 de noviembre:

El segundo pago de la Renta, el próximo 6 de noviembre, los autónomos que fraccionaron el resultado de su declaración de la Renta que pagar la segunda parte, correspondiente al 40%. Este pago puede aplazarse también, pero en el caso de que se haya domiciliado, es recomendable siempre solicitar el aplazamiento con tiempo para evitar que Hacienda gire el cobro antes de que se haya tramitado y aceptado la solicitud de aplazamiento.

Hasta el 30 de noviembre:

El modelo 303 de autoliquidación de IVA referente a octubre, que como las mencionadas anteriormente, puede aplazarse a través del mecanismo automático que permite posponer hasta 50.000 euros.

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