Estas son las personas que pueden acceder a la tarifa plana de autónomos en 2022

Para que los futuros autónomos puedan pagar una tarifa mensual reducida de 60 euros deben cumplir los siguientes requisitos en 2022.

Estas son las personas que pueden acceder a la tarifa plana de autónomos en 2022
La Seguridad Social facilita que los autónomos tengan una tarifa plana mensual durante los primeros años de cotización.
Isabel Gómez

Llega un punto en la vida de algunos trabajadores que deciden embarcarse en el mundo del emprendimiento o quieren trabajar por cuenta propia. Para ello, se deben dar de alta obligatoriamente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social para, así, cotizar por su actividad laboral. Se trata de una tipología que, durante los comienzos, se suelen enfrentar a muchos frentes. Y ahí es donde surge una de las primeras ayudas fundamentales a las que acogerse al comienzo, la tarifa plana para autónomos.

Esta tarifa plana para trabajadores por cuenta propia se traduce en una cuota mensual fija que se paga en función de lo que el beneficiario decida, según cuál sea su objetivo. Es muy importante, ya que, dependiendo de esa tarifa, así cotizará más o menos para la pensión de jubilación, las bajas médicas o las incapacidades. Actualmente, los autónomos tienen una cotización mensual a la Seguridad Social de 294 euros.

A través de dicha tarifa especial para los trabajadores del RETA, se tendrá la opción para reducir la cuota mensual a 60 euros durante dos años, incluso tres años, en algunos casos. Pero para saber quiénes pueden acceder a ella se deben cumplir unos requisitos previos.

Requisitos para acceder un la tarifa plana de autónomos en 2022

Para que los trabajadores por cuenta propia puedan acogerse a esa tarifa plana al comienzo de su andadura en este régimen especial, deben cumplir con las condiciones siguientes:

  • Darse de alta como autónomos en el RETA.
  • No tener ninguna deuda económica previa ni en la Seguridad Social ni con la Agencia Tributaria. Si es así, se le denegará este beneficio.
  • Haber estado de alta previamente formando parte de este colectivo sin haberlo solicitado en los dos últimos años anteriores.
  • Haber estado de alta con anterioridad, pero que hayan pasado más de tres años, aunque se haya disfrutado de dicha tarifa.

Una vez aclarado quiénes son los autónomos que pueden solicitar la tarifa plana, hay que ver cómo pueden acogerse a ella.

¿Cómo acogerse a la tarifa plana de autónomos en 2022?

Los trabajadores por cuenta propia pueden hacer todos sus trámites de la Seguridad Social a través de Internet en el portal Import@ss. Pueden hacerlo mediante certificado digital, Cl@ve, o vía SMS al teléfono móvil. 

Los interesados deben ingresar en la sección de 'Autónomos' de Import@ss y seleccionar la pestaña ‘Alta como autónomo’. Si lo que se quiere es disfrutar de la tarifa plana, se debe indicar que es un alta inicial. Desde la Seguridad Social advierten que es fundamental darse de alta dentro de los plazos estipulados porque, de no ser así, se realizará el alta, pero no se tendrá derecho a esta ayuda. La normativa refleja que se puede solicitar hasta 60 días antes del comienzo de la actividad.

¿Cuáles son los descuentos de la tarifa plana para autónomos en 2022?

Como recoge el INSS sobre cuáles son los descuentos para este colectivo durante los primeros años de actividad, los descuentos quedan recogidos de la siguiente manera para el presente año:

Tarifa plana de 60 euros:
Para todos los trabajadores por cuenta propia que se decanten por la base mínima de cotización (960,60 euros al mes), en 12 meses, prorrogable hasta dos años para los que efectúen su trabajo en municipios con menos de 5.000 personas.

Reducción del 80%:
Sobre la cuota de la base mínima cuando se decante por una base de cotización un poco superior a la mínima durante un año, que pueden ser dos años siempre que la actividad sea en una localidad con menos de 5.000 habitantes.

Reducción del 50% sobre la cuota resultante:
Tras pasar la reducción inicial, al aplicar la base mínima durante el primer medio años y del 30% los seis meses siguientes.

Para las mujeres menores de 30 años y hombres menores de 35 años, la reducción será del 30% durante un año. Los discapacitados del 33% o más, las víctimas de la violencia de género y las de terrorismo, será del 50% durante 48 meses.

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