Así se puede comunicar la contratación al SEPE

Una empresa podrá dar de baja a un desempleado del SEPE a través de un trámite que puede realizar desde la sede electrónica.

Así se puede comunicar la contratación al SEPE
Así pueden las empresas comunicar la contratación al SEPE
Diego Fernández

Es posible que una empresa comunique al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) una comunicación de contratación de un desempleado que pasa a formar parte de la propia empresa ya como trabajador. Esto se puede hacer de manera on-line a través de la sede electrónica de la administración pública de una forma muy sencilla, todo ello con el objetivo de agilizar y facilitar este trámite tanto para las instituciones contratantes como para los desempleados que regresan a la actividad profesional.

Todo esta gestión se puede realizar a través de la aplicación digital Contrat@. Algo que se maneja de una manera muy sencilla y cuyo uso se explicará en las siguientes líneas para que no haya lugar a duda y los empresarios puedan llevar a cabo diferentes gestiones a la hora de incorporar a nuevos trabajadores a sus instalaciones. Esto podría suponer también una mejora en la creación del empleo, debido a la facilidad para poder comunicarlo al SEPE.

¿Quién puede utilizar la aplicación de Contrat@ del SEPE?

En primer lugar es necesario conocer quiénes son los profesionales que pueden tener acceso a esta aplicación llamada Contrat@ y que está disponible por el Servicio Público de Empleo Estatal. Para ello hay que diferenciar una serie de casos que se pueden dar, siempre teniendo que ver con las empresas y empresarios que contratan directamente a los desempleados que se encuentren en ese momento dados de alta en la administración pública. De una forma más concreta, el SEPE ha destacado que pueden acceder a estos servicios electrónicos las siguientes instituciones: 

  • Empresarios que actúan en nombre propio.
  • Empresas y profesionales que actúan en representación de terceros.

Pero, todo ello ¿para qué? Pues bien, estos dos sectores económicos tendrán la posibilidad de comunicar el contenido de la contratación que han hecho a la administración pública de empleo desde su sede y sin tener que acudir a las delegaciones territoriales del SEPE.

¿Qué se puede comunicar al SEPE a través de Contrat@?

Una vez se sabe quien puede tener acceso a este tipo de servicio on-line es necesario conocer qué se puede comunicar al SEPE. Ya que no es solo la contratación, sino que, dentro de este ámbito se abren una serie de opciones que han de tener claro todos los profesionales que opten por esta vía para realizar notificaciones a la institución pública de empleo. Todo lo que se puede comunicar al SEPE es:

  • Datos de contratos.
  • Copias básicas.
  • Prórrogas.
  • Llamamientos fijos - discontinuos.
  • Pacto de horas complementarias.

¿Qué es necesario para utilizar la aplicación Contrat@?

Antes de dar comienzo a los pasos que hay que dar para poder realizar esta gestión es necesario saber que el servicio de Contrat@ requiere de una serie de pasos para poder ser beneficiario de una gestión más ágil y sencilla. Lo primero que hay que hacer por parte del empresario es tener una Autorización de los Servicios Públicos de Empleo, algo que se puede obtener a través del formulario de solicitud, algo que se hace de forma telemática. 

Una vez solicitado habrá que esperar a que sea concedido, ya que, en el caso contrario, el empresario no tendrá acceso a los servicios digitales del mismo. Algo que suele durar, como mucho, un máximo de 15 días hasta recibir una resolución del SEPE, aunque habitualmente la cantidad de tiempo que pasa es menor.

Pasos para comunicar la contratación

Por último, una vez se tenga todo en regla, es necesario entrar dentro de la aplicación Contrat@. Para ello se puede acceder a través de varias opciones, como puede ser con el certificado digital, el DNI electrónico o incluso con la autorización aprobada por el Servicio Público de Empleo Estatal. Una vez dentro hay que completar un formulario que debe completarse con todas las comunicaciones que éste profesional quiera indicar a la institución pública, presentando así todas las modificaciones pertinentes con respecto a las contrataciones de antiguos desempleados y que ya han pasado a formar parte de la plantilla.

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