Nuevo varapalo de la justicia al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que en un principio le denegó la pensión por incapacidad a una trabajadora de la limpieza que tenía “ideas suicidas”, además de otras dolencias graves, y ahora ha tenido que retroceder y concederle la incapacidad permanente absoluta tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Esto significa que la empleada pasará a percibir el 100% de su base reguladora, lo que supone por tanto el cobro de una pensión de por vida de 880,61 euros al mes.
Así lo ha determinado la Sala de lo Social del TSJ de Canarias, en su sentencia con fecha 18 de diciembre de 2025 (consultable en este enlace del Poder Judicial), la cual ha fallado en favor de la afectada, desestimando definitivamente el recurso que había presentado la Seguridad Social. En esta resolución judicial, bastante reciente, ha quedado claro que el cuadro médico de la mujer es de la gravedad suficiente para que no pueda seguir ganándose la vida en el empleo que desempeñaba y en cualquier otro.
El día a día de esta trabajadora, que prestaba sus servicios como personal de limpieza, se había convertido en un muro difícil de superar. Según se extrae de la propia sentencia, padece de lupus y de una severa enfermedad del riñón (poliquistosis autosómica dominante) que arrastra desde hace mucho tiempo. Encima, a sus problemas físicos se les sumó un profundo deterioro mental. Lleva años en tratamiento psicológico y psiquiátrico por un trastorno de adaptación que ha terminado derivando en un trastorno distímico de muy mal pronóstico. La desesperación llegó a tal punto que la mujer llegó a sufrir un dramático episodio de "ideación autolítica" (ideas suicidas) en el verano de 2023.
Para intentar sobrellevar todo este desgaste, necesita medicarse fuertemente a diario con fármacos como Pristiq, Lormetazepan y Ansium. Por lo que, dadas estas profundas secuelas, su capacidad para mantenerse activa en el mercado laboral ha quedado totalmente anulada. El tribunal relata literalmente en los hechos probados que la trabajadora está "imposibilitada para tareas que impliquen atención o concentración, concentrarse, memorizar, autodeterminarse, ejecutar órdenes y directrices de manera regular, integrarse en una organización o estructura ordenada e interrelacionarse profesional y socialmente".
La pelea judicial tras el rechazo del tribunal médico
Con todo este delicado historial a sus espaldas, la limpiadora tramitó la pensión que creía conveniente. Sin embargo, la Seguridad Social desestimó su petición en octubre de 2023. Entonces, al ver este incomprensible rechazo, decidió no rendirse y acudir a la vía judicial. En un primer asalto, el Juzgado de lo Social número 7 de Las Palmas de Gran Canaria le dio la razón en octubre de 2024, fallando en contra del INSS y concediéndole la incapacidad permanente de grado absoluto.
Pero el organismo público no se quedó de brazos cruzados tras perder este juicio, así que presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias para intentar retirarle la prestación. La Seguridad Social defendía a capa y espada que un informe psiquiátrico sugería que la mujer podría recuperar su rutina de trabajo "siempre que se contemplara una adaptación al puesto de trabajo". El INSS argumentaba en su escrito que el trastorno de la trabajadora "no tiene entidad suficiente para impedir de forma permanente a la actora el desempeño de las fundamentales tareas de su actividad profesional de limpiadora", apoyándose en que no presentaba síntomas psicóticos ni necesitaba ser ingresada para quitarle hierro al asunto.
El TSJ tumba el recurso de la Seguridad Social
Asimismo, los jueces del TSJ canario no aceptaron para nada las excusas del órgano y desmontaron sus argumentos. En el fallo judicial, los magistrados le paran los pies al INSS, explicando de forma extensa por qué se equivocan al comparar el estado de esta empleada con otros casos de depresión leve. Así detalla la sentencia las diferencias entre este caso y otros supuestamente similares a los que se refería el INSS:
"La situación en este caso no es la misma que en la descrita por la sentencia [que alegaba el INSS], porque aquí sí se ha acreditado que la demandante sufre unas limitaciones derivadas de su patología psiquiátrica, que suponen mermas para ejecución de tareas bajo directrices, para integrarse en una estructura ordenada y para interrelacionarse profesional y socialmente".
Además, el alto tribunal concluye que no aprecia ningún tipo de error legal a la hora de darle la razón a la mujer, al afirmar rotundamente que "la situación lesiva y de limitación psíquica de la actora [es] de la suficiente gravedad como para declarar la incapacidad permanente en el grado de absoluta".
De esta forma, la Justicia tumba la negativa de la Seguridad Social y le asegura a la afectada una pensión vitalicia de 880,61 euros mensuales. Esto no es lo único, ya que la sentencia también reconoce que los efectos económicos de esta pensión tienen carácter retroactivo desde el 16 de mayo de 2023, lo que obligará a la administración a pagarle todos los atrasos que se le debían. Cabe destacar que contra esta resolución solo cabe interponer un último recurso de casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.