Una de las cosas que más les preocupa a los inquilinos que viven de alquiler, es si el casero puede subirles el alquiler durante la vigencia del contrato. Y es que aunque, el casero puede subir la renta cuando se cumple un año de contrato, esta subida, según recoge la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no se aplica siempre, para ello debe haber una cláusula que lo recoja en el contrato de alquiler.
Hay que tener en cuenta que, el plazo mínimo legal de un contrato de alquiler es el que viene recogido en el artículo 9 de la citada normativa y, aunque se firme por menos tiempo, se extiende hasta al menos 5 años si el casero es una persona física y de 7 años si es una persona jurídica.
Ahora bien, en cuanto a la subida de la renta durante estos años, el artículo 18 de la LAU (que puede consultarse en este BOE) establece que durante la vigencia del contrato solo podrá ser actualizada la fecha en la que se cumpla cada año de contrato y en los términos pactados por las partes. En el caso de que no exista este pacto expreso no se podrá aplicar ninguna actualización del precio del alquiler.
Además, en los contratos de vivienda firmados con posterioridad al 26 de mayo de 2023, cuando sí exista pacto de actualización, esta revisión anual queda limitada por el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV) que publica el Instituto Nacional de Estadística y que actúa como límite para evitar incrementos desproporcionados en la renta.
Qué pasa con el precio de alquiler cuando el contrato finaliza
Una vez que el contrato de alquiler ha finalizado y se firma uno nuevo, el casero sí podrá poner un nuevo precio por encima de estos límites, y es que tal y como recoge el artículo 17 de las partes pueden pactar la renta que se pagará.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que existen ciertos límites a la hora de fijar el precio de la vivienda que se alquila, una de ellas es cuando se encuentra en una zona tensionada, donde la renta del nuevo contrato no podrá superar, con carácter general, la última renta que hubiese estado vigente en los últimos cinco años en esa misma vivienda. También puede limitarse cuando el casero es un gran tenedor y se encuentra en una de estas zonas también puede aplicarse el límite máximo del sistema de índices de precios de referencia.