Retiran 66.992 euros de la PAC y multan con 50.167 euros a una ganadera por inventarse contratos falsos para que le den la ayuda: "El testigo indicó que nunca le pagó"

El TSJ de Aragón confirma que la ganadera creó “condiciones artificiales” para poder cobrar la ayuda y que tenía menos hectáreas de pastos de las declaradas.

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Los controles en el campo sobre el cumplimiento de las normativas o las condiciones para recibir ciertas subvenciones cada vez son mayores, con una Administración que no pasa por alto ni el más mínimo detalle. Y no es para menos, ya que cada vez se producen más fraudes tanto en la agricultura como en la ganadería relacionados con el cobro de ayudas de forma indebida o que no les pertenece, como le ha pasado recientemente a unos ganaderos que han terminado perdiendo miles de euros tras declarar tierras de más de una forma totalmente irregular. Así, la Justicia confirmó la retirada de 66.992 euros en ayudas de la PAC (Política Agraria Común) y la imposición de una fuerte sanción de 50.167 euros a una empresa ganadera por acumular falsos arrendamientos y crear condiciones ficticias solo con el fin de recibir las ayudas.

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en una sentencia dictada el 11 de junio de 2026 (que se puede consultar en este enlace del Poder Judicial), dio la razón por tanto al Gobierno autonómico a pesar de las quejas de la empresa ganadera. 

Todo comenzó cuando la empresa intentó cobrar los fondos europeos declarando 103,69 hectáreas de pastos para su actividad, cuando en realidad solo tenía reconocidas 10,98 hectáreas reales, según los técnicos del Gobierno regional que comprobaron que el resto de las tierras no estaban verdaderamente a su disposición o para uso ganadero.

Una "flagrante creación de condiciones artificiales"

La ganadera intentó demostrar que sí tenía derecho a esas tierras presentando una serie de cesiones y subarriendos que relacionaba a varios supuestos intermediarios. Sin embargo, el tribunal respondió que "se ha hecho un uso abusivo y artificial de la figura del subarriendo y de la cesión de parcelas y que indefectiblemente ha de terminar necesariamente invalidando la condición de justo título".

La Sala destacó que no se era un simple error en la gestión de los subarriendos por no tener conocimiento de cómo funciona, sino que iba más allá, ya que según el tribunal había una "flagrante creación de condiciones artificiales con el único propósito de generar de manera forzada una apariencia favorable en el cumplimiento de los requisitos necesarios para percibir las ayudas"

Además, la sentencia va al fondo del problema añadiendo que los intermediarios a los que se supone iban dirigidos esos contratos de arriendo, "lejos de suscribir los contratos con el ánimo de su aprovechamiento agrícola [...] persiguen como único fin obtener un beneficio por su labor de intermediarios". Para el tribunal, esta actitud fraudulenta "redunda en perjuicio del sistema de ayudas de la política agrícola común desvirtuándolo y distorsionando artificialmente el mercado de la tierra bajo el señuelo de la percepción de ayudas públicas".

Había contratos “antedatados” y un arrendador que "nunca cobró"

La empresa también había aportado documentos firmados años después de la supuesta actividad, o directamente contratos donde faltaba la firma de los implicados. La sentencia muestra que pretender justificar el uso de la tierra con una declaración "antedatada de 25-2-2020, nada menos, y presentada con la alzada [...] tres años [después], es poco creíble, por lo que tampoco ha acreditado el pastoreo".

Pero, sin duda, el detalle más relevante y que evidenciaba el intento de fingir una actividad para cobrar las subvenciones de la PAC que no le pertenecían fue que uno de los supuestos arrendadores desmintió todo el proceso de arrendamiento y lo que se supone que la empresa ganadera estaba intentando argumentar. El texto judicial recoge un dato que califica de "muy relevante", y es que "el testigo claramente indicó que nunca le pagó, y que por eso tras dos años dejó de arrendárselo".

El TSJ de Aragón confirmó la devolución de la ayuda y una multa de 50.167,08 euros

Al confirmarse que se inventaron estas condiciones ficticias, la normativa no deja lugar a dudas y refleja con claridad que la empresa solicitante no solo no tenía derecho a cobrar la subvenciones, sino que por su mal hacer debe devolverlas. Por todo ello, los jueces avalaron que la entidad deberá devolver 46.331,80 euros del Pago Básico y 20.661,14 euros del Pago Verde.

La sentencia, como medida añadida a la devolución de las ayudas, confirma la imposición de una sanción multianual de 50.167,08 euros y la condena a pagar 1.500 euros en costas judiciales. El tribunal defendió la imposición de esta dura medida incorporando otra máxima fundamental: "La sanción debe ser disuasoria, de modo que el riesgo de sufrir sanción no compense el posible beneficio que se pueda obtener". En definitiva, un duro golpe económico que demuestra que no se puede sacar provecho fingiendo arrendamientos en los papeles.

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