Cómo cobrar el paro de golpe y montar una empresa

Los autónomos podrán recibir un pago único con el 100% del paro que otorga el SEPE para crear nuevos negocios si cumplen los siguiente requisitos.

Varias personas pasan frente a una oficina del SEPE en Madrid Europa Press
Isabel Gómez

Los trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social que por diversas razones se acojan al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tienen a su disposición la posibilidad de capitalizar su prestación por desempleo en 2022, es decir, cobrar todo el paro de golpe, con el objetivo de montar un negocio o empresa. Para ello, deben seguir los pasos que se detallan a continuación.

La capitalización del paro requiere una serie de trámites, entre los que se incluyen: presentar la documentación, según el caso de cada solicitante, rellenar la solicitud del modelo específico y acreditar al SEPE que la empresa se pone en marcha en el plazo de 30 días desde que se recibe la prestación.

Todos los emprendedores pueden solicitar y obtener la cantidad económica que justifique como inversión para el desarrollo de una actividad por cuenta propia. Ahí se incluyen las cargas tributarias y los gastos de funcionamiento, con el límite del 100% de la prestación que le quede por percibir por parte del SEPE.

Pasos a seguir para capitalizar el paro

La capitalización de desempleo, o la capitalización del paro, como se conoce comúnmente, se trata de un pago único para que aquellas personas desempleadas, puedan tener la oportunidad de crear su propio negocio y convertirse en autónomos. La creación de nuevas empresas y la inversión necesaria para desarrollar la actividad se puede financiar con el paro, aunque existen algunos límites que se detallan más adelante.

Presentar la documentación:

En primer lugar, hay que entregar la documentación requerida por el SEPE. Los nacionalizados españoles deberán presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) o el pasaporte; mientras que los extranjeros residentes deberán acreditarse con el certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea (UE) junto al pasaporte. Las personas de fuera de la UE deberán presentar su tarjeta de identidad de extranjero (TIE), donde aparece su NIE más el pasaporte.

Todos los futuros autónomos mencionados deben adjuntar una memoria explicativa con el proyecto que vayan a desarrollar y otra con la inversión a realizar, salvo que se solicite exclusivamente la modalidad de subvención de cuotas a la Seguridad Social.

Rellenar la solicitud:

La capitalización del paro es un trámite de lo más habitual, de ahí que no sea demasiado complicado llevarlo a cabo. Lo único que hay que rellenar es el impreso de solicitud de pago único y presentarlo en las oficinas del SEPE donde se esté gestionando todo el proceso.

Acreditación de la empresa:

Los autónomos están obligados a comenzar la actividad dentro de los 30 días posteriores al recibir el pago de su prestación por desempleo. Por tanto, deben presentar distinta documentación en función de su situación. Estos deben acreditar que se está dado de alta como trabajador por cuenta propia junto a un justificante de su inversión.

¿Cómo pueden cobrar los autónomos la capitalización del paro?

Actualmente, existen dos opciones que tienen como fin amoldarse al máximo a la situación del futuro empresario y a las que se pueden acoger sin ningún problema.

Si la actividad a desarrollar requiere de una inversión económica, se puede financiar hasta el 100% de la cantidad de la ayuda. Si no es necesaria toda al completo, el emprendedor podrá coger el porcentaje que necesite e ir cobrando mes a mes el resto en forma de compensación de las cuotas de autónomos.

En el caso de que no se necesitara ningún tipo de inversión previa, se podrá dedicar la capitalización de desempleo al completo para pagar esas cuotas mensuales.

¿Qué sucede si el proyecto empresarial va mal y se abandona?

Si el autónomo comienza su proyecto empresarial dentro del periodo exigido, pero no obtiene los resultados que le gustaría obtener y el negocio no termina de despegar, se pueden dar dos casos, con sus correspondientes soluciones.

Si ya se ha recibido el importe total, en un único pago o en cuotas de la Seguridad Social, aunque el empresario se dé de baja como autónomo, ya no podrá recibir de nuevo el paro porque se ha agotado la prestación.

Si queda una cantidad de la prestación por recibir, se puede solicitar con una serie de requisitos:

  • Si se pidió el pago único para financiar la inversión, se deberá estar de nuevo en situación legal de desempleo y que haya transcurrido un tiempo equivalente a los meses durante los que hubiera recibido el paro si no hubiera pedido el pago único.

Por ejemplo: si se tienen reconocidos 24 meses de prestaciones a 1.000 euros mes. Se pide un pago único para financiar 12.000 euros de la empresa. Se conceden, pero a los tres meses se comprueba que no funciona el proyecto.

Para poder recuperar el paro que le queda deberán haber pasado 12 meses desde que se pidió el pago único, ya que el importe de 12.000 euros se habría cobrado en 12 mensualidades de no haber pedido la capitalización.

  • En el caso de haberse dado de alta como autónomo y que no hayan pasado 60 meses, durante los primeros 24 meses, no será necesario justificar el motivo. A partir del mes 24 tendrá que cesar en la actividad por motivos ajenos a la voluntad del autónomo (económicos, técnicos, productivos, organizativos, fuerza mayor, pérdida de la licencia para trabajar, cese involuntario del cargo de consejero).
  • En el caso de darse de alta como trabajador por cuenta propia en una mutua alternativa a la Seguridad Social, que no hayan pasado 24 meses desde el alta.

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