Ampliación de la nueva tarifa plana de 80 euros para autónomos y emprendedores: cómo pedirla

La Seguridad Social permite que los emprendedores amplíen su tarifa plana de 80 euros mensuales si no sobrepasan un límite de ingresos netos mensuales durante todo el 2023.

Cómo solicitar la tarifa plana 80 euros
Isabel Gómez

Cuando los emprendedores comienzan un nuevo negocio, la Seguridad Social les ofrece la posibilidad de acogerse a una tarifa plana durante el primer año, en sustitución de las cuotas mensuales, siempre que cumpla con unos requisitos. El Gobierno de España permite una ampliación de la tarifa plana de los autónomos, aunque muchos dudan de cuándo es posible conseguirla.

Esa tarifa plana consiste en una medida para impulsar el autoempleo y consiste en una cuota mensual reducida a la Tesorería General de la Seguridad Social durante un año o dos, antes de pasar a formar pare del sistema de cotización por ingresos reales. Y es que habrá unos límites de esos ingresos que no podrán sobrepasarse cuando se quiera renovar.

Realmente, es una bonificación muy atractiva que reduce mucho el coste que supone dar de alta como autónomo por primera vez y que ha ayudado a muchos nuevos autónomos. 

Actualmente, consiste en empezar con un pago mensual de 80 euros a la Seguridad Social en lugar de la cuota correspondiente en el sistema de cotización por tramos en función de los ingresos reales. Medida que ha tenido gran aceptación desde que se puso en marcha porque, como indican desde Infoautónomos, ha ayudado a más de un millón y medio de trabajadores por cuenta propia.

Los requisitos de la tarifa plana para autónomos en 2023

Las personas que causen alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante el periodo 2033-2025 podrán solicitar la aplicación de la tarifa plana de 80 euros en el momento de tramitar el alta. Esas condiciones previas corresponden con las siguientes:

  • No haber estado de alta en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o bien tres años, en caso de no haber disfrutado previamente de esta deducción.
  • No ser un autónomo colaborador.
  • No tener deudas pendientes ni con Hacienda ni con la Seguridad Social.

Los autónomos y emprendedores podrán seguir pagando los 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Todo este proceso debe hacer a través del portal Import@ss.

La novedad desde este enero es que la cuantía ha pasado de 60 euros a 80 euros mensuales durante 12 meses de actividad, independientemente de los ingresos que tenga el trabajador por cuenta propia. ¿Es posible ampliar esa tarifa plana? Sí, pero con algunas condiciones. 

Esa tarifa de 80 euros únicamente es aplicable a partir del 1 de enero de 2023. Por tanto, todos aquellos que a 31 de diciembre de 2022 fueran beneficiarios de la antigua tarifa plana, continuarán disfrutando de la misma, hasta que se agote el periodo máximo establecido, en las mismas condiciones. 

Únicamente las comunidades autónomas de Andalucía y Madrid son las que tienen habilitadas una tarifa plana e incluso una cuota cero de autónomos. Estará habilitada durante el primer año y es posible ampliarla un segundo año siempre que no se rebase el Salario Mínimo Real de rendimientos netos.

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