Subsidios y ayudas para menores de 45 años

Todas las ayudas, prestaciones y subsidios por desempleo que se pueden solicitar si se carecen de ingresos suficientes y menor de 45 años.

Subsidios y ayudas para menores de 45 años
Ayudas para menores de 45 años Europa Press
Francisco Miralles

El gobierno de España en la lucha contra el desempleo cuenta con diferentes prestaciones y subsidios para todas las personas que han perdido su trabajo, se encuentran en situación de paro y carecen de ingresos económicos suficientes.

Algunas de estas ayudas se pueden solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o al Instituto de la Seguridad Social (INSS) pero hay otras que dependen de las Comunidades Autónomas y por ello, deben de solicitarse en las oficinas de los servicios sociales.

A continuación, presentamos las ayudas que pueden solicitar las personas paradas menores de 45 años tengan o no cargas familiares.

Prestación contributiva por desempleo

La prestación contributiva por desempleo o más conocido como el paro es la prestación a la que pueden acogerse todos aquellos desempleados que de forma involuntaria han perdido su empleo y cuentan con más de 360 cotizados. Su duración vendrá determinada según los días cotizados pudiendo llegar como máximo a los 720 días de prestación (2 años).

¿Cuánto se cobra? Durante los 180 primeros días pasará a cobrar el 70% de la base reguladora. A partir del día 181 se pasará a percibir el 60% de la base de cotización. Al ser una cantidad variable se recomienda acudir a este artículo donde se explica cómo calcular el paro.

¿Dónde se solicita? La prestación contributiva se solicita en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y es necesario dentro de toda la documentación contar con el certificado de empresa para que esta sea aprobada.

Subsidio por insuficiencia de cotización

Si, por el contrario, el desempleo no llega a esos 360 días cotizados podrá acceder al subsidio por insuficiencia de cotización o miniparo. Esta ayuda tiene una cuantía de 480 euros al mes y su duración vendrá determinada por los meses cotizados y las cargas familiares. La duración máxima será de 21 meses.

En el siguiente enlace se puede consultar los requisitos y cómo pedir este subsidio para los empleados que han cotizado menos de un año.

Ayuda familiar

El subsidio por ayuda familiar está destinada a aquellas personas que tras agotar la prestación por desempleo no han encontrado trabajo y cuentan con cargas familiares. Se cobra 480 euros al mes, los que corresponde al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM.

Aunque esta prestación puede llegar a durar un máximo de 30 meses si bien es cierto que al tratar las ayudas para menores de 45 años, su duración máxima será de 24 meses.

Para solicitarlo deberemos de contar con cargas familiares y seguir las instrucciones en esta sección donde se indican los pasos para solicitar la ayuda familiar del SEPE.

Subsidio Extraordinario por desempleo

Los desempleados menores de 45 años tras agotar el paro y los subsidios ordinarios por desempleo, podrán acceder como último recurso al SED o Subsidio Extraordinario por desempleo. A estas ayudas se les conocen con el nombre de ayudas extraordinarias por desempleo.

Estas ayudas del SEPE están destinadas a trabajadores que han agotado el paro, y resto de subsidios y por su colectivo o situación le es muy difícil encontrar empleo. Al ser excepcional se cobrará 480 euros al mes y durará seis meses como máximo sin posibilidad de solicitar prórrogas.

Para aquellos desempleados en esta situación pueden acceder al Subsidio Extraordinario por desempleo y solicitarlo.

Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que forma parte de la Seguridad Social. Esta ayuda busca garantizar los ingresos mínimos dentro de unidades de convivencia vivan solos o en unidad familiar.

Las cantidades irán desde los 469,93 euros hasta los 1.033 euros mensuales y dependerán en gran medida del nivel de ingresos del solicitante y de los integrantes de la unidad de convivencia. El ingreso se mantendrá mientras se siga careciendo de ingresos suficientes.

Es una prestación no contributiva, es decir que no cotiza en la Seguridad Social para, en un futuro solicitar la pensión de jubilación. Además, se puede compatibilizar con los subsidios por desempleo anteriormente mencionados.

Como se trata de una prestación muy extensa y que depende de muchos requisitos recomendamos revisar esta guía completa del Ingreso Mínimo Vital.

Rentas de Inserción

Las Rentas de Inserción o Salarios Sociales son ayudas que son concedidas por el gobierno de cada Comunidad Autónoma a familias que carecen de ingresos económicos y se encuentran en riesgo de exclusión social.

Muchas son las personas que confunden estas ayudas con la Renta Activa de Inserción (ayuda del SEPE para desempleados mayores de 45 años) pero no lo son. Esta ayuda debe siempre de solicitarse en los servicios sociales de su Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.

Los beneficiarios que reciban estas ayudas deberán participar en los programas para el empleo y reinserción laboral.

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