
Uno de los mayores debates llegó a su fin el pasado año con la actualización de algunas normas por parte de la DGT, la Dirección General de Tráfico: fumar dentro del coche sigue siendo legal. Al fin de cuentas, sigue siendo un espacio privado en el que cada uno establece, hasta cierto punto, sus propias normas.
Pero que el Ministerio de Sanidad haya eliminado de su borrador del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo la prohibición de fumar en espacios privados no quiere decir que la DGT no esté a ojo avizor.
De hecho, a día de hoy, hay algunas observaciones, algunos motivos en específico y muy concretos que hacen que la DGT pueda multarnos por fumar dentro del coche… aunque no esté prohibido.
La DGT puede multarnos por fumar dentro del coche
Esto, claro, porque no debemos olvidar que, aunque sea legal fumar mientras vamos al volante, se trata de una acción que puede provocar no solo distracciones, sino también poner en riesgo la vida de otros en la calzada. Es por eso que los agentes, si lo ven oportuno, pueden sancionarnos por ello.
De hecho, es importante destacar algo, que es en lo que se centra la mayor parte de esta atención: el 30% de los accidentes se producen por distracciones, siendo el tabaco una causa frecuente de despiste.
Es más; según los datos de Eurostat, España es un país fumador, encontrándose entre los 9 países de la Unión Europea con mayor porcentaje de fumadores diarios. En concreto, un 19,7%, de los españoles fuma a diario. Por ello, es necesario conocer la normativa de tráfico en cuanto a fumar mientras conducimos.
Pero, ¿qué acciones derivadas de fumar en el coche provocan una sanción? Si vamos al Artículo 18 del Reglamento General de Circulación indica que “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.
Como explica la DGT, si vamos en una carretera a 100 km/h y decidimos encender un cigarrillo, en lo cual se puede tardar más de 4 segundos, habremos recorrido 113 metros sin controlar del todo el coche. Esta es la razón por la que un agente podría sancionarnos.
Casos en los que te pueden multar por fumar mientras conduces
Paso algo similar a la eterna pregunta de si se puede conducir con chanclas. Pese a que no aparezca como tal que no se puede conducir con ellas, será cosa de la interpretación de los agentes el ponerte o no una multa. Este tipo de infracciones por distracción al volante suelen ser multas de 200 euros aunque, claro, todo depende de la gravedad. Estos serían los casos:
- Si fumar provoca una distracción evidente, como apartar la vista para encender, apagar o tirar la ceniza del cigarrillo o vapeador.
- Si el humo reduce la visibilidad dentro del vehículo.
- Si se tira la colilla por la ventanilla, con el consiguiente peligro de incendio.
Tirar la colilla por la ventana se considera infracción grave
Por lo tanto, la Dirección General de Tráfico lo tiene claro y desaconseja hacerlo. Igualmente, lo verdaderamente peligroso y sancionable de una persona que fuma dentro del coche es arrojar la colilla por la ventana. Y es que el organismo vial recoge en sus redes sociales que pone en riesgo la seguridad de otros usuarios de la vía, especialmente la de motoristas y ciclistas, ensucia las vías y cunetas y puede provocar incendios.
Según datos del Ministerio de Medio Ambiente, el 3% de los incendios (21.000 en los últimos diez años) lo originan colillas de cigarrillos abandonadas o arrojadas desde vehículos. Por ello, arrojar objetos desde coches en marcha, incluidas colillas, es una infracción grave que supone una multa de 500 euros y 6 puntos. Y aquí es para todos los pasajeros, no solo para el conductor.