
Ya es oficial. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy la orden ministerial con los cambios para obtener el permiso de conducir de clase A, así como los cursos de conducción segura y eficiente. Uno de los principales objetivos del Ministerio del Interior en el ámbito de la seguridad vial, y por ende también de la Dirección General de Tráfico (DGT), es reducir la siniestralidad de los motoristas y, por ello, se ha decidido modificar la regulación de acceso a este tipo de permiso de moto.
Los requisitos para obtenerlo son tener más de 20 años de edad, estar en posesión del permiso A2 desde hace al menos dos años (que es el que habilita a conducir motos de 0,2 kW/kg de hasta 35 kW de potencia) y realizar un curso de acceso. Dicho esto, la orden publicada este jueves introduce varios cambios y novedades, que son:
- Mayor peso a la circulación en vías abiertas en detrimento de circuito cerrado. Se impartirán tres horas de conocimientos teóricos, dos horas de circuito cerrado y cuatro horas de circulación en vías abiertas al tráfico general.
- Dos de las cuatro horas de formación en circulación en vías abiertas al tráfico deberá discurrir obligatoriamente en carretera convencional. El motivo es que es en este tipo de vías donde se producen la mayor parte de los siniestros mortales de motoristas.
- Será obligatorio, tanto para alumnos como profesores, el uso del airbag.
- Se incorpora, dentro de la formación teórica, el conocimiento de los sistemas de ayuda a la conducción en las motos (ARAS). También se actualizan los contenidos sobre la nueva movilidad, incidiendo en los principales factores de riesgo y en la protección de los vulnerables.
- Obligación del profesor de hacer el seguimiento de los alumnos en motocicleta durante las prácticas de circulación en vías abiertas al tráfico que serán en grupos de un máximo de tres alumnos por profesor. En cuanto a las prácticas correspondientes a maniobras en circuito cerrado, cada profesor tendrá un máximo de cinco alumnos.
- Posibilidad de que el contenido teórico pueda realizarse de forma online, mediante teleformación o aula virtual.
- Una vez superado el curso, que debe estar acreditado por el centro que lo ha impartido, su titular podrá solicitar a la Dirección General de Tráfico el permiso de la clase A.
Cuándo entrarán en vigor los cambios del permiso A
Los cambios en la obtención del permiso de conducir A entrarán en vigor el 1 de julio de 2025. Tal y como ha informado el Ministerio del Interior, se ha decidido esta fecha para que “las escuelas particulares de conducción que imparten estos cursos tengan tiempo para adaptarse a las nuevas necesidades recogidas en la orden”.
Cursos voluntarios de conducción segura y eficiente con los que recuperar 2 puntos
Asimismo, la orden publicada recoge unos cursos de conducción segura y eficiente que permitirán a los conductores recuperar dos puntos de su saldo al superarlos. Estos también serán accesibles a los conductores que, aunque no necesiten esta bonificación, quieran mejorar su conducción, “haciendo esta más segura y eficiente”.
Habrá dos tipos de cursos en función del vehículo, uno para turismos y otro para motocicletas y ciclomotores. Dentro de este segundo se incluyen dos modalidades en función del tipo de vía: cursos de conducción segura y eficiente en zona urbana y otro para carretera convencional.
El objetivo principal de los mismos, ha expresado el ministerio, es “formar a los conductores en distintas técnicas orientadas a evitar siniestros, preparando al conductor para solventar situaciones de peligro, adoptando buenas prácticas en la conducción y el equipamiento y evitando en todo caso cualquier referencia a una conducción deportiva”.
Podrán realizar estos cursos los titulares de un permiso de conducción válido y en vigor que les habilite para conducir los vehículos mencionados anteriormente, siempre que en el momento de su realización conserven un saldo positivo de puntos. Una vez que el curso haya sido superado, se bonificará con dos puntos adicionales hasta un límite de quince, con una frecuencia máxima de un curso de cada tipo cada dos años. Cada curso tendrá una duración mínima de seis horas lectivas, con formación teórica y formación práctica de maniobras y de circulación y podrá realizarse en una o dos sesiones.
Sobre la entrada en vigor de estos, se introducirán a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
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