El motivo por el que no puedes cobrar a una pensión no contributiva de jubilación

Existe un motivo por el cual la Seguridad Social puede denegar la solicitud de pensión no contributiva y que tiene que ver con el nivel de ingresos.

una personas contando billetes de 50 euros
Pensión no contributiva
Francisco Miralles

Las personas que por alguna razón no puedan acceder a la jubilación ordinaria podrán solicitar la pensión no contributiva de jubilación. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) explica, que aún siendo una prestación que no necesita periodo mínimo de cotización, es necesario reunir una serie de requisitos.

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) cuenta con dos grupos de prestaciones, las contributivas y las no contributivas. En las primeras es necesario reunir una serie de requisitos como la edad o los años de cotización. En las no contributivas no es así, ya que son ayudas económicas destinadas a personas que no han podido cotizar lo suficiente y además, se encuentran con un nivel de ingresos bajos.

Así, en el caso de las pensiones no contributivas por jubilación, son muchas las personas que presentan la solicitud y esta le es denegada. Tanto el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) cómo el INSS explican que el principal motivo tiene que ver con el nivel de ingresos, el cual es incompatible con la ayuda.

Motivos por los que no se aprueba una pensión no contributiva

Para cobrar una pensión no contributiva de jubilación será necesario demostrar tener carencia de ingresos suficientes. En este sentido, el IMSERSO tendrá en cuenta el nivel de ingresos de cada año, atendiendo para ello al último ejercicio de la Renta.

El límite de ingresos no deberá de ser superior a los 5.899,60 euros anuales. En el caso de vivir con más personas, el límite de ingresos será el siguiente:

  1. Si el solicitante vive con su pareja o familiares consanguíneos de segundo grado:
    • Dos convivientes: los ingresos no deben ser mayores a 10.029,32 euros al año.
    • Tres convivientes: no se deben traspasar los 14.159 euros anuales.
    • Cuatro convivientes: las rentas deben ser menores a los 18.288,76 euros al año.
  2. Si el solicitante vive con alguno de sus progenitores y/o con sus hijos:
    • Dos convivientes: los ingresos no deben ser mayores a los 25.073,30 euros anuales.
    • Tres convivientes: el límite de rentas se encuentra en los 35.397,60 euros al año.
    • Cuatro convivientes: las rentas deben ser inferiores a los 45.721,90 euros anuales.

Además, habrá que tener en cuenta otra serie de condiciones esenciales para acceder al cobro de esta ayuda.

Requisitos y cuantías de las pensiones no contributivas en 2022 

El límite de ingresos no es la única condición para acceder a este tipo de prestación. Otra de las condiciones que impone el Instituto de Mayores y Servicios Sociales es tener la edad mínima de sesenta y cinco años al momento de realizar la solicitud.

Además, habrá que demostrar residir de manera legal y continuada durante al menos 10 años. Este cómputo empezará a contar desde los 16 años y hasta el momento de presentar la solicitud. Es muy importante tener en cuenta, que al menos dos años deben de encontrarse dentro de los 10 últimos años anteriores a la solicitud.

Las cuantías de pensión no contributiva de jubilación con la reciente subida del 15 % pasarán a ser de 484 euros al mes. En el caso de haber dos beneficiarios la cuantía por cada uno sería de 411 euros. En el supuesto de haber tres o más beneficiarios el importe a cobrar será de 387 euros al mes. La mínima del 25% quedará en los 121 euros al mes.

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