Cómo va a ser tu pensión de jubilación según tus años cotizados

Según los años cotizados, se puede cobrar más o menos dinero con la pensión de jubilación. Esto es lo necesario para cobrar el 100%.

Así será tu pensión de jubilación según tus años cotizados
Cuantía de la pensión de jubilación por años cotizados
Esperanza Murcia

Todos los trabajadores se hacen la misma pregunta: cuánto van a cobrar de pensión. Es una de las incógnitas sobre el futuro que tiene cualquier empleado, más aquellos cercanos a la jubilación, que esperan retirarse al menos con lo suficiente para cubrir las necesidades mínimas de la vida diaria. La respuesta, empezando por lo básico, depende de dos claves: la base reguladora y los años cotizados. 

Atendiendo al primer criterio, la base reguladora, se calcula obteniendo las bases de cotización de los últimos 25 años. Las mismas se pueden encontrar en la nómina, aunque para no tener que ir revisando una por una, con todos los empleos que se ha podido tener a lo largo de la vida laboral, se puede descargar el Informe de Bases de Cotización de la Seguridad Social. Una vez que se tenga la suma de las bases de este periodo de tiempo, hay que dividirlas por 350, siendo el resultado la base reguladora, referencia que se utiliza para calcular la pensión

Obtenida la base reguladora, se tendrá mayor o menor pensión dependiendo de los años que se han cotizado. El mínimo para acceder a la pensión contributiva de jubilación es de 15 años, que da derecho a recibir el 50% de la base reguladora. Partiendo de aquí, se irá sumando un porcentaje extra por cada mes cotizado. 

En concreto, a partir del decimosexto año se aplica un 0,21% por cada mes adicional de cotización, entre los meses 1 y 248, y un 0,19% cuando se supera el mes 248. ¿Cuánto se necesitará para cobrar el 100%? A continuación se puede encontrar un listado en el que se explica al detalle el porcentaje que se cobra de la base reguladora, que dicta la cuantía de la pensión, según los años cotizados. 

Porcentaje de la pensión según los años cotizados 

Como se ha dicho, el porcentaje que se cobra en la pensión de jubilación es variable dependiendo de los años cotizados. Cuando se alcanza los 15 años, el mínimo para acceder a esta prestación contributiva, se recibe el 50% de la base reguladora. Este aumenta un 3% por cada año cotizado de más, hasta que alcanzan 25 años, que ya se cobra un 2% adicional. De ese modo, este es el porcentaje que forma la cuantía de la jubilación según las cotizaciones

  • Con 15 años cotizados: el 50% de la base reguladora.
  • Con 16 años cotizados: el 52,52% de la base reguladora.
  • Con 17 años cotizados: el 55,04% de la base reguladora.
  • Con 18 años cotizados: el 57,56% de la base reguladora.
  • Con 19 años cotizados: el 60,08% de la base reguladora.
  • Con 20 años cotizados: el 62,60% de la base reguladora.
  • Con 21 años cotizados: el 65,12% de la base reguladora.
  • Con 22 años cotizados: el 67,64% de la base reguladora.
  • Con 23 años cotizados: el 70,16% de la base reguladora.
  • Con 24 años cotizados: el 72,64% de la base reguladora.
  • Con 25 años cotizados: el 74,92% de la base reguladora.
  • Con 26 años cotizados: el 77,20% de la base reguladora.
  • Con 27 años cotizados: el 79,48% de la base reguladora.
  • Con 28 años cotizados: el 81,76% de la base reguladora.
  • Con 29 años cotizados: el 84,04% de la base reguladora.
  • Con 30 años cotizados: el 86,32% de la base reguladora.
  • Con 31 años cotizados: el 88,60% de la base reguladora.
  • Con 32 años cotizados: el 90,88% de la base reguladora.
  • Con 33 años cotizados: el 93,16% de la base reguladora.
  • Con 34 años cotizados: el 95,44% de la base reguladora.
  • Con 35 años cotizados: el 97,72% de la base reguladora.
  • Con 36 años cotizados: el 100% de la base reguladora.

En cuanto a las cuantías mínimas, se pueden consultar pulsando en el enlace anterior, donde se recogen las establecidas por la Seguridad Social para la pensión de jubilación. También hay que recordar que, en el caso de no haber cotizado el mínimo de 15 años, se puede solicitar la pensión no contributiva, siempre que se cumplan con los requisitos

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