El objetivo de esta tarea es demostrar que sigues desempleado y que se mantiene así tu derecho a recibir la ayuda que te corresponde.
Fecha establecida para renovar el paro
La fecha de la renovación de tu demanda de empleo (más conocido con el término “sellar el paro”), tiene una periodicidad general de 90 días. Esta fecha viene siempre registrada en tu tarjeta DARDE.
Para renovarla, ya no tienes que ir presencialmente a las oficinas del SEPE. Ahora, los servicios informáticos de esta administración te agilizan este proceso para que puedas hacerlo desde casa a través de internet de manera fácil y rápida.
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He olvidado renovar el paro, ¿qué tengo que hacer?
Si se te ha olvidado la fecha de renovación de tu tarjeta del paro o Darde y solo han pasado uno o dos días, debes acudir inmediatamente a la oficina de empleo que tengas asignada. Existen algunos casos en los que pueden otorgarte cierto grado de flexibilidad que te permitan evitar la sanción correspondiente.
Si han pasado varios días de tu fecha límite para renovar tu demanda de empleo, recibirás una carta del SEPE con la información sobre la sanción que se te adjudique. Hayas recibido o no esta carta, ¡no lo dejes! Cuando te des cuenta de tu olvido, acude de inmediato a la oficina de empleo y confirma que renovarás tu tarjeta de empleo una vez cumplida la sanción impuesta.
Sanciones establecidas
La legislación que regula este tema, considera no sellar el paro a tiempo como una infracción leve. La sanción que se deriva de este olvido dependerá de las veces que hayas incumplido tu obligación:
- Primera vez que se produce el olvido. Perderás tu prestación o subsidio durante un mes.
- Segunda vez del olvido. Pérdida de la prestación durante 3 meses.
- Tercera vez. La sanción durará 6 meses sin tu prestación.
- Si tienes un cuarto olvido, perderás la ayuda que estabas recibiendo.
- Si la prestación que estás recibiendo se trata de la Renta Activa de Inserción (RAI) perderás de forma inmediata la ayuda si se te olvida sellar el paro, aunque sea la primera vez.
- Si te encuentras dentro del Plan Prepara o del Programa de Activación para el Empleo (PAE), igualmente perderás esta ayuda con una vez que olvides la renovación de tu demanda de empleo.
¿Puedo recurrir mi sanción?
Una vez que recibas la carta con tu sanción de parte del Servicio Público de Empleo, tienes un plazo de 15 días hábiles para poder presentar cualquier alegación en tu oficina de empleo. El plazo empieza a contar justo a partir del día siguiente al que hayas recibido tu notificación.
Para alegar la disconformidad con la sanción impuesta, deberás aportar los documentos que justifiquen que no has podido realizar tu demanda de empleo durante las fechas asignadas.
Las causas que pueden justificar este olvido son: enfermedad, cumplir un deber público (ser jurado de un proceso judicial, por ejemplo), y formar parte de un proceso de selección para un puesto de trabajo.
Una vez hechas y formalizadas tus alegaciones, el SEPE emitirá una resolución aceptando o no tu justificación. Si la acepta, tu sanción será eliminada. Si por el contrario, no tiene en cuenta tu alegación, tendrás un mes de plazo para interponer reclamación previa. Si después de esto la respuesta del SEPE sigue siendo negativa tu última opción será interponer una demanda ante el Juzgado de lo social.
¿Debo renovar mi paro si no percibo ninguna prestación?
Estar registrado como demandante de empleo no solo tiene como objetivo percibir una ayuda o prestación económica. Hay personas que no han cotizado lo suficiente o no tienen derecho a recibirla.
Si estás inscrito en el paro porque te encuentras en búsqueda activa de empleo sin cobrar ayuda, deberás renovar tu demanda cada tres meses igualmente. La diferencia: si se te olvida renovar tu tarjeta, no tendrás ninguna penalización económica. Tu demanda de empleo se dará por suspendida y tendrás que apuntarte al paro de nuevo.
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