Trabajo multará con 7.500 euros a las empresas que paguen menos del Salario Mínimo Interprofesional

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, advierte que la Trabajo vigilará y sancionará a cualquier empresa que pague a sus trabajadores menos que el salario mínimo interprofesional (SMI) de 2024.

Yolanda Díaz
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz Europa Press
Francisco Miralles

Con la derogación de decreto “ómnibus” la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2024 ha quedado sin efecto, por lo que este debería de reducir a niveles de 2023, cuando estaba fijado en los 1.080 euros mensuales en catorce aún pagas. Aun así, todos los trabajadores seguirán cobrando el SMI de 2024 fijado en los 1.134 euros y aquellos que no cumplan con esta normativa podrá ser sancionados. Así, lo ha explicado el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, que advertido que la Inspección de Trabajo estará alerta y multará a todas las empresas que paguen menos del SMI de 2024 a sus trabajadores.

En declaraciones a la Sexta, el secretario de Estado de Trabajo ha explicado que la Dirección General del Trabajo ha dictado una instrucción por la que establece que, “en todos los casos”, los trabajadores deberán de cobrar como mínimo el SMI de 2024, es decir 1.134 en catorce pagas y 1.323 si son en doce pagas, ya sea para contratos nuevos o viejos.

El salario mínimo está garantizado tanto por la Constitución Española en su artículo 27 como por el Estatuto de los Trabajadores, sin dejar a un lado, la Carta Social Europea, firmada por España, determina que el SMI tiene que ser equivalente al 60% del salario medio. Joaquín explica que “tanto por motivos constitucionales como por motivos relacionados con los tratados internacionales que España tiene suscritos, seguir respetando íntegramente, en todos los casos y en todas las circunstancias, el salario mínimo interprofesional” y continua “la última vez que hemos actualizado el 60% del salario medio en nuestro país fue el año pasado y nos dio como resultado 1.134 euros. Por lo tanto, cualquier intento empresarial, cualquier nueva contratación que quiera situarse por debajo de los 1.134 euros puede ser objeto de investigación por la Inspección e incluso, en su caso, de sanción”.

Por ello, no es posible de pagar menos de actual salario mínimo, además que de hacerlo conllevaría sanciones y multas a la empresa que intenten saltarse esta norma.

Sanciones de hasta 7.500 euros por cada trabajador

La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), recogida en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, (consultable en este Boletín Oficial del Estado), regula las sanciones relacionadas con incumplimientos laborales, incluido el pago de salarios por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Artículo 7 del Real Decreto 5/200
Artículo 7 del Real Decreto 5/200 | Foto: BOE

En su artículo 7.10, establece que constituye una infracción grave “el incumplimiento de las normas en materia salarial”, lo que incluye no respetar el pago del SMI fijado anualmente por el Gobierno. Para el año en curso, dicho salario mínimo se establece en 1.134 euros brutos mensuales en catorce pagas.

Artículo 7.10 del Real Decreto 5/200 | Foto: BOE
Artículo 7.10 del Real Decreto 5/200 | Foto: BOE

Por lo tanto, las empresas o empleadores que no cumplan con esta obligación incurrirán en una infracción grave. Las sanciones contempladas en este caso se aplican por cada trabajador afectado, con multas que oscilan entre 751 y 7.500 euros, dependiendo de la gravedad del incumplimiento, la cantidad de trabajadores afectados y otros factores agravantes.

Subida del Salario Mínimo Interprofesional en 2025

El Ministerio de Trabajo ya está manos a la obra para “acelerar todo lo posible” y conseguir la subida del salario mínimo en 2025. En principio, este miércoles tendrá la reunión para “culminar con la aprobación cuanto antes del salario mínimo para 2025” explica Joaquín Pérez.

Trabajo quiere que el SMI suba un 4,4% para cumplir así con la recomendación de la Carta Social Europea, que busca situar siempre en el “salario mínimo español se sitúe en el 60% del salario medio”. Es decir, pasar de los 1.134 a los 1.184, una subida de 50 euros. La CEOE no la ve con buenos ojos y proponen una subida del 3%, unos 1.168 euros. A pesar de las reticencias, el secretario de Estado de Trabajo ha pedido “tranquilidad”, ya que el Ministerio de Trabajo no hará nada que pueda repercutir negativamente en el salario de los trabajadores.

Lo más leído

Archivado en: