
Cuando se alquila una vivienda, los propietarios de la misma suelen tener algunas dudas sobre si los inquilinos van a cuidar la casa como deberían, y en la mayoría de casos se tiene contratado un seguro para dar cobertura a posibles daños que ocurran en la casa o piso, pero ¿cubren los seguros de hogar los daños producidos por los inquilinos en una vivienda que está alquilada?
La respuesta es depende, y es que tal y como explican desde la Correduría de Seguros IBrok en su web “Para que los daños ocasionados por el inquilino estén cubiertos, es necesario reflejarlo expresamente en la póliza de seguro.” De no estarlo, la póliza cubre al tomador del seguro que en este caso será propietario de la vivienda y a las personas que con él convivan.
Por tanto, para que el propietario de una vivienda alquilada tenga la tranquilidad de que el seguro se haga cargo de los daños ocasionados en su casa por el inquilino, deberá especificar que se trata de un arrendamiento y que la cobertura de la póliza se extienda al inquilino.
¿Cubre el seguro los daños que cause el inquilino?
En el caso de que no se haya comunicado a la compañía que la vivienda asegurada está arrendada o se haya contratado un seguro para inquilinos, si el propietario sigue teniendo una póliza de cobertura de hogar ‘normal’ y ocurre en la casa un accidente, es muy posible que la compañía se niegue a hacerse cargo del coste de las reparaciones ocasionadas, precisamente porque han sido ocasionadas por un inquilino del que desconocían la existencia.
Por esto, y pese a que los seguros para inquilinos no son obligatorios, sí que es recomendable que se tengan para evitar posibles problemas en el caso de que se tenga algún siniestro.
Qué daños paga el propietario y cuáles paga el inquilino
Pese a esto, hay que tener en cuenta que en los contratos de arrendamiento no todos los daños ocasionados en la vivienda corren a cargo del propietario, o de su seguro, hay algunas reparaciones que debe pagar el inquilino, tal y como se establece en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU), que regular este tipo de contratos de alquiler.
Según la Ley, serán a cuenta de los inquilinos las pequeñas reparaciones derivadas del uso habitual o en el caso de que se hayan producido por un mal uso o de forma intencionada por su parte.
Sin embargo, será el propietario quien tenga que pagar los arreglos ocasionados por el paso del tiempo y el uso habitual de la vivienda, como puede ser por ejemplo que se estropee la lavadora.
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