La Junta de Andalucía ha publicado en el BOJA las nuevas ayudas individuales para personas mayores o con discapacidad y que se pueden cobrar durante este 2026. Se conceden en régimen de concurrencia competitiva y su finalidad es la de facilitar la autonomía personal o la salud de los jubilados y pensionistas mediante la financiación de algunos gastos que son inevitables como los audífonos, las prótesis o las adaptaciones de vehículos.
La convocatoria reserva 444.615,60 euros para las ayudas individuales que podrán pedir las personas mayores y 444.759,39 euros para los que tienen algún tipo de discapacidad. Sumando las dos cuantías, queda un presupuesto de 889.374,99 euros. El plazo para presentar las solicitudes termina el día 16 de junio de 2026 ya que la orden del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se publicó el 26 de mayo (se puede leer en este enlace).
Cuantía de las ayudas
En el caso de las personas mayores, la ayuda podrá alcanzar un máximo de 600 euros, y con este dinero se subvenciona la financiación de adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales así como las actuaciones preparatorias para la implantación siempre que el coste incluya los elementos necesarios para llevarlo a cabo.
Para las personas con discapacidad, las cuantías dependen del gasto a subvencionar, pudiendo llegar a los 750 euros para la adaptación de vehículos a motor y a 1.200 euros para prótesis auditivas con un máximo de 600 euros por audífono.
Además, contempla ayudas de hasta 400 euros para prótesis oculares y hasta 600 euros para prótesis dentales. En el caso de otros productos de apoyo para personas con discapacidad, la subvención podrá cubrir el coste de la actuación siempre y cuando sea de menos de 6.000 euros,
La prestación del organismo presidido por Juanma Moreno (ahora en funciones) también incluye gastos de desplazamiento en transporte público o privado con un máximo de 109 euros al mes.
Requisitos para pedir las ayudas
Para poder acceder a estas ayudas para personas mayores o dependientes hay que estar empadronado en algún municipio de Andalucía, tener cumplidos 65 años y contar con una renta per cápita de la unidad económica de convivencia que no supere 1,25 veces el IPREM.
Se pide no haber sido beneficiario por el mismo concepto en la convocatoria anterior y disponer de un presupuesto cierto del gasto para el que se solicita la ayuda. En el caso de las personas con discapacidad, pueden pedirla siempre que estén empadronados en Andalucía y cuenten con un certificado de discapacidad igual o superior al 33%.
Al igual que en el primer caso, no podrán tener una renta que supere 1,25 veces el IPREM. Para las ayudas destinadas a la adquisición, renovación o reparación de productos de apoyo será necesario, además, contar con informe favorable del Centro de Valoración y Orientación.
Cómo solicitar la nueva prestación para mayores
Las solicitudes deben presentarse a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía. Al tratarse de ayudas destinadas a personas físicas, también podrán presentarse en los registros previstos por la normativa de procedimiento administrativo común.
Los formularios de solicitud, así como los modelos de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos, están disponibles en el BOJA y en el portal de servicios de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
Una vez cerrado el plazo, la Junta dispone de un plazo máximo de cinco meses para resolver, contado desde el día siguiente a la finalización del periodo de presentación de solicitudes.

