Unos de los mayores problemas que llegan a diario al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el de los miles de desempleados con serios problemas económicos que no tienen derecho a cobrar el paro. Esta administración intenta darles una asistencia económica y formación, que a partir de noviembre cambia a una nueva ayuda de 570 euros. solo podrán solicitarla quienes cumplan los requisitos.
Esta ayuda es el subsidio por insuficiencia de cotización y experimentará cambios, tanto su cuantía como su duración. El objetivo es intentar dar cobertura a un mayor número de desempleados que antes de la última reforma de los subsidios por desempleo no podían solicitarla.
Cabe mencionar que si esos parados con cotizaciones insuficientes son mayores de 52 años, pasan directamente a cobrar el subsidio para mayores de 52 años. Por un lado, tienen la ventajas de tener una duración indefinida y poder cotizar para la pensión de jubilación. Sin embargo, la cuantía a cobrar será menor (480 euros mensuales).
Además, esta nueva cuantía no es para todos los desempleados. Solo será aplicable a quienes pierdan su empleo a partir del 1 de noviembre de 2024. Si hay alguien antes de esa fecha que lo percibe, su cuantía no será modificada.
Requisitos para acceder al subsidio por cotización insuficiente
Para cobrar este subsidio por desempleo es necesario que el trabajador reúna los siguientes requisitos:
- Estar en paro y dado de alta como demandante de empleo.
- Firmar el compromiso de actividad, es decir, si el SEPE llama para hacer algún curso de formación o una entrevista de trabajo, el beneficiario no puede negarse.
- Haber cotizado por desempleo durante 3 meses en el caso de tener cargas familiares o 6 meses si no se tienen. No se puede llegar a 360 días.
- No tener ingresos de ningún tipo que sean de más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional, sin contar la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias. En 2023, esta cuantía se situará en los 810 euros al mes.
Nueva duración del subsidio por insuficiencia de cotización

De acuerdo con lo recogido en el Real Decreto-Ley 2/2024, de 21 de mayo, sobre los cambios en las prestaciones asistenciales por desempleo, la nueva duración del subsidio por insuficiencia de cotización a partir de noviembre vendrá marcado por si existen o no cargas familiares.
Tendrá una duración de tres meses cuando la persona acredite una cotización de 90 días. Aumentará a los cuatro meses, cuando esa cotización sea de 120 días y de cinco meses, si es de 150 días. En todas estas es indiferente que existan o no cargas familiares.
Si la persona ha logrado cotizar entre 180 y 359 días, puede cobrarlo durante seis meses, si no hay familiares a cargo, y hasta un máximo de 21 meses, si hay familiares a cargo. A partir del día 360 de cotización la persona podría solicitar la prestación contributiva por desempleo (el paro).

“Los autónomos deberían contar con un subsidio para mayores de 52 años y con menos burocracia"
Otras noticias interesantes
Lo más leído
- Un jubilado que vivía solo deja su casa de 750.000 euros a una camarera y ahora los hijos reclaman la herencia
- Este es el impuesto que se tiene que pagar en la Comunidad de Madrid para recibir una herencia
- La Seguridad Social avisa del SMS que están recibiendo los que tienen una baja médica por incapacidad temporal
- La OCU declara estas 3 marcas de leche como las peores de España
- Llevan cuatro años observando el teletrabajo y lo tienen claro: "Trabajar desde casa nos hace mucho más felices"
- El precio de la luz se dispara este jueves con la nueva tarifa: hasta 7 horas con la electricidad a 0 euros
Últimas noticias
- ¿Puede la comunidad prohibirme tener plantas en la terraza o balcón? Esto dice la ley
- La Generación Z no encuentra trabajo y los expertos culpan a las universidades por la ‘titulitis’
- Un empleado de la banca se aprovecha de una anciana de 90 años para sacarle 250.000 euros y ahora deberá devolverlo a sus herederos
- Este pueblo de Granada recupera los 'cheques bebé' de hasta 1.000 euros para frenar la despoblación
- La Justicia sentencia que gritar a un Guardia Civil “te mato” y “te rajo” no es atentado, sino amenazas leves