Esto es lo máximo que puedes cobrar de baja laboral en 2025

Dependiendo de la causa que haya originado la baja laboral, se podrá cobrar un porcentaje u otro de nuestra base reguladora. Algunos convenios incluyen un complemento para llegar al 100%.

Mujer enferma tumbada en el sofá
Mujer enferma tumbada en el sofá Canva
Esperanza Murcia

La prestación de incapacidad temporal, más conocida como la baja laboral, permite a los trabajadores cobrar “parte de su salario” cuando se encuentran temporalmente incapacitados para trabajar. El objetivo es mitigar la pérdida de ingresos que sufren durante el tiempo que tardan en recuperarse (aunque hay límites). Sin embargo, no se cobra siempre lo mismo, y la cuantía depende de la causa que haya originado la baja.  

Es por ello que muchas personas pueden preguntarse: ¿cuánto se cobra de incapacidad temporal en 2025? ¿Hay cambios de un año para otro? La respuesta es no: la cuantía que se cobra durante la baja se seguirá calculando de la misma forma. 

En concreto, dependiendo de la causa que la haya originado (si es una enfermedad profesional o un accidente laboral o, por el contrario, una enfermedad común o un accidente no laboral) se cobrará un determinado porcentaje de la base reguladora. Asimismo, en función también de la causa que haya originado la baja, podremos comenzar a cobrarla antes o después. 

Cuánto se cobra al estar de baja laboral en 2025 

La cuantía que se cobra mientras se está de baja laboral depende de la causa que haya originado la misma. Según recoge la Seguridad Social, esto es lo que le corresponde al trabajador cobrar en cada caso: 

  • Enfermedad común o accidente no laboral: se cobra el 60% de la base reguladora desde el cuarto día de baja hasta el vigésimo (inclusive). A partir del día 21, se pasa a cobrar el 75%. 
  • Enfermedad profesional o accidente de trabajo: se cobra el 75% de la base reguladora desde el día siguiente de baja. 
  • Menstruación incapacitante secundaria: se cobra el 60% de la base reguladora desde el primer día de baja hasta el vigésimo (inclusive). A partir del día 21, se pasa a cobrar el 75%. 
  • Interrupción del embarazo y día primero semana trigésima novena de gestación: el primer día de baja, se cobra el salario íntegro. Del segundo al vigésimo día, se cobra el 60% de la base reguladora. Y, a partir del día 21, se pasa a cobrar el 75%. 

Cómo calcular la base reguladora de la incapacidad temporal

Ya que la cuantía de la baja depende de la base reguladora, muchos trabajadores se preguntarán cómo se calcula la base reguladora de la incapacidad temporal. Tal como explica la Seguridad Social, así debe calcularse en cada caso: 

  • En caso de enfermedad común o accidente no laboral: es el resultado de dividir nuestra base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la fecha en que nos dimos baja (se encuentra en la nómina), entre el número de días a los que corresponde dicha cotización (30 días si el salario se recibe de forma mensual, o 28, 29, 30 o 31 si el salario se percibe de forma diaria). El resultado sería el 100% de nuestra base reguladora. 
  • En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional: es el resultado de dividir nuestra base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior a la fecha de la baja (se puede ver en la nómina de dicho mes), entre el número de días a los que corresponde dicha cotización (30 días si el salario es mensual, o 28, 29, 30 o 31 si el salario es diario). El resultado sería el 100% de nuestra base reguladora pero, en este caso, habría que sumar, si se hicieron, el resultado de dividir las horas extraordinarias del año anterior entre 365 (o los días que se haya estado de alta en la empresa). 

A tener en cuenta es que, en el caso de los trabajadores contratados para la formación y el aprendizaje, la base reguladora es la base mínima de cotización del Régimen General. Y, en el caso de los empleados a tiempo parcial, la base reguladora diaria se calculará dividiendo la suma de las bases de cotización de los tres meses previos al hecho causante entre el número de días naturales de ese período. La prestación se pagará durante todos los días naturales que dure la incapacidad temporal. 

Se puede llegar a cobrar el 100% de la baja laboral 

A pesar de lo anterior, es posible cobrar el 100% de nuestra base reguladora y, en consecuencia, “el 100% de la baja laboral”. Algunos convenios colectivos incluyen un complemento o mejora de la incapacidad temporal por el que la empresa se hace cargo de abonar el porcentaje restante para llegar al 100% de la base reguladora. Esto es, de pagar lo que falta para cobrarla íntegramente (aquí te explicamos cómo saber cuál es tu convenio colectivo).

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