Estas son las nuevas bases mínimas de cotización para las Empleadas del Hogar

La Seguridad Social actualiza las bases de cotización del régimen especial al que pertenecen estas trabajadoras, a 284 euros mensuales y con carácter retroactivo.

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Estas son las nuevas bases mínimas de cotización para las Empleadas del Hogar ENVATO
Fernanda Lencina

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 28 de marzo, las nuevas bases mínimas de cotización después de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a los 1.134 euros en 14 pagas. La actualización, realizada por la Seguridad Social, afecta a los trabajadores asalariados que pertenecen al Régimen General, a las Empleadas del Hogar y a los socios de cooperativas y empleados a tiempo parcial. El aumento, con el nuevo SMI, será de 63 euros con respecto a la base anterior, y se aplicará de forma retroactiva, desde el 1 de enero de 2024.

Para las Empleadas del Hogar, que pertenecen a un Sistema Especial de la Seguridad Social dentro del Régimen General, la base mínima de cotización ascenderá desde los 284 euros mensuales, una subida del 5%. A pesar de que el salario mínimo para este colectivo, por 40 horas semanales, es igual al del resto de trabajadores, el Gobierno también ha modificado sus bases por contingencias comunes. La cifra variará según el salario percbido.

Nuevas bases de cotización de las Empleadas del Hogar tras la subida del SMI

Las empleadas del hogar, un colectivo conformado en un 90% por mujeres, se han visto beneficiadas por la actualización de las bases mínimas de cotización publicadas en Semana Santa. Especialmente, y como se mencionaba, la modificación en las bases de cotización por contingencias comunes para estas trabajadoras, partirá desde los 284 euros al mes. Eso en el caso de trabajar 40 horas semanales, ya que en jornadas inferiores a la máxima legal, se aplicará una escala según el salario que reciban por cada relación laboral.

Esto quiere decir que las bases de cotización dependerán del salario que perciban, partiendo de un sueldo mensual de 306 euros, cuya base será de 284 euros. A partir de allí, la tabla de cotización será de la siguiente manera:

  • Salario entre los 306,01 y 474 euros/mes, base de cotización 405 euros/mes.
  • Salario entre los 474,01 y 644 euros/mes, base de cotización 559 euros/mes.
  • Salario entre los 644,01 y 814 euros/mes, base de cotización 729 euros/mes.
  • Salario entre los 814,01 y 986 euros/mes, base de cotización 901 euros/mes.
  • Salario entre 986,01 y 1.153 euros/mes, base de cotización 1.069 euros/mes.
  • Salario entre 1.153,01 y 1.323 euros/mes, la base de cotización será igual a la del salario mínimo interprofesional.

Cómo dar de alta a una Empleada del Hogar

Por ley, todos los trabajadores domésticos deben estar dados de alta en el Sistema Especial de Empleadas del Hogar. Para esto, se necesitará contar con un código de cuenta de cotización, que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) otorga a las personas que pagan el salario. Este trámite se puede realizar desde el portal Import@ss de la Sede Electrónica de la TGSS y además, desde allí, crear el número de la Seguridad Social.

Una vez que se tiene este código, se deberá tramitar el alta en el ‘Sistema Especial para Empleados del Hogar’. Esto también se puede realizar a través del mismo portal, en donde se irá solicitando determinada información, como por ejemplo, los datos del trabajador, documento de identidad y fecha de nacimiento. También se pedirán los datos del empleador, duración del contrato, jornada y salario. El procedimiento paso a paso para realizar el trámite se puede consultar en este enlace.

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