La ayuda de 1.000 euros que pueden solicitar las familias numerosas, monoparentales y padres con discapacidad

La Seguridad Social ofrece esta ayuda en un pago único de 1.000 euros para mermar los gastos que conlleva tener hijos.

familia numerosa
Ayuda de 1.000 euros que pueden solicitar las familias numerosas
Francisco Miralles

Convertirse en madres o padres supone un gran reto económico, ya que es necesario afrontar una serie de gastos. Esta situación se complica en el caso de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad con bajos ingresos económicos. En esta situación, la Seguridad Social (INSS) permite que estas familias puedan acceder a una prestación económica de 1.000 euros que se abona en un pago único.

La prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuesto de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad, es una ayuda que se recibe en un pago único. El objetivo de esta ayuda contributiva es la de compensar los gastos derivados que se genera por el nacimiento o adopción de un hijo dentro de las familias numerosas.

Esta cuantía pueden percibirla todos los solicitantes será siempre la misma, pero para que los tipos de familia mencionados sean solicitantes y posibles beneficiarios de la prestación, deben llevar a cabo una serie de pasos anteriores para poder acreditar a la Seguridad Social que son merecedores de la misma.

¿Quién puede cobrar la ayuda por nacimiento de hijo?

Podrán solicitar esta prestación económica en pago las familias numerosas, las familias monoparentales, padres o madres con discapacidad igual o superior al 65%. Es necesario cumplir algunas de las siguientes condiciones.

En el caso de familias numerosas, si existe convivencia por ambos progenitores, deberá solicitarlo la madre. En el caso de que no convivan, será beneficiario el que tenga a su cargo la guarda y custodia del hijo.

Las familias monoparentales lo podrá solicitar el progenitor con el que convive el hijo nacido o adoptado y es único sustentador de la familia. En el caso de madres o padres con discapacidad, serán beneficiarios aquellos que acrediten una discapacidad igual o superior al 65 %.

También podrán acceder a esta prestación en aquellos casos, que cuando el hijo hubiera quedado huérfano de ambos progenitores o adoptantes o esté abandonado, será beneficiaria la persona física que legalmente se haga cargo de aquel.

Requisitos para recibir esta ayuda

Para solicitar la prestación por nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad, los solicitantes deberán de reunir una serie de requisitos que recoge la misma web de la Seguridad Social. El primero de ellos, es que los beneficiarios deberán residir legalmente en territorio español.

Otra de las condiciones es no percibir ingresos anuales de cualquier naturaleza, superior a los límites que el Gobierno de España marque en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Estos límites dependerán si son o no, familia numerosa.

Familias numerosas, monoparentales y madres discapacitadas

Hijos a cargo Límite de ingresos para recibir los 1.000 euros íntegros Nivel máximo de ingresos
1 14.011,00 15.011,00
2 16.112,65 17.112,65
3 18.214,30 19.214,30
4 20.315,95 21.315,95
5 22.417,60 23.417,60
6 24.519,25 25.519,25
7 26.620,90 27.620,90
8 28.722,55 29.722,55
9 30.824,20 31.824,20
10 32.925,85 33.925,85

Familias numerosas, monoparentales y madres discapacitadas (con título de familia numerosa)

Hijos a cargo Límite de ingresos para recibir los 1.000 euros íntegros Nivel máximo de ingresos
3 21.086,00 22.076
4 24.502,00 25.492
5 27.918,00 28.908
6 31.334,00 32.324
7 34.750,00 35.740
8 38.166,00 39.156
9 41.582,00 42.572
10 44.998,00 45.988

Cómo abona la Seguridad Social esta ayuda

La Seguridad Social abona la ayuda de 1.000 euros por nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad en un único pago.

Para recibir esta ayuda, los beneficiarios no deben superar el límite de ingresos establecidos. En el caso de que los salarios no lleguen al mínimo, se percibirá la cuantía íntegra, es decir, 1.000 euros.

Sí, por el contrario, los ingresos fueran superiores al mínimo, se deberá restar a los 1.000 euros la diferencia entre los ingresos y el límite mínimo. Esta es la fórmula 1.000 - (ingresos - límite mínimo).

Cómo se solicita

La ayuda por nacimiento o adopción de hijo debe de solicitarse en la Seguridad Social, bien a través de la Sede Electrónica o de forma presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). En el momento de la solicitud, los posibles beneficiarios no deberá acreditar tal hecho, ni tampoco los datos o circunstancias que la Administración de la Seguridad Social deba conocer por sí misma, ya que su sistema lo podrá detectar.

Esta ayuda debe de solicitarse a partir del día siguiente al del nacimiento o adopción del hijo. Desde ese día, hay un plazo máximo de cinco años para solicitarlo. Una vez pasado este periodo el derecho a la prestación prescribirá. Tras presentar la solicitud, la Seguridad Social tiene un periodo máximo de 45 días para dictar resolución y notificarla.

Lo más leído

Archivado en: