El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene buenas noticias para ciertos desempleados a entrar en vigor nuevas medidas de la reforma de los subsidios por desempleo. A partir del 1 de noviembre, como incluye el Real Decreto-Ley 2/2024, habrá más beneficiarios del subsidio por desempleo. Estos podrán disfrutar de una ayuda de 570 euros a partir de ese momento, pero siempre que cumplan los requisitos necesarios.
La reciente reforma de estas ayudas asistenciales amplía la cobertura económica y de acceso a un puesto de trabajo y formación a ciertos colectivos que carecía de esta cobertura. Entre ellos se encuentran los siguientes:
- Los menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
- Los trabajadores agrarios eventuales.
- Los trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla.
- Los mayores de 16 años víctimas de violencia de género o violencia sexual.
- Los emigrantes españoles retornados sin derecho a prestación contributiva (el paro).
En este punto cabe mencionar que el número de subsidios por desempleo sí que se reducen de ocho a tres a partir del 1 de noviembre. Desde esa fecha, las personas que agoten el paro o no tengan derecho a él, pero sí las cotizaciones suficientes para esta ayuda, podrán optar al subsidio por insuficiencia de cotización, al subsidio por agotamiento de la prestación contributiva de desempleo o al subsidio para mayores de 52 años.
Sube la cuantía de los subsidios por desempleo
Como ya recoge esta reforma impulsada por la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, otro cambio lo experimentará la cuantía de los subsidios durante el primer año, excepto el destinado a mayores de 52 años que seguirá siendo de 480 euros mensuales (80% del IPREM).
Así, durante los seis primeros meses, los desempleados tendrán derecho a percibir una mensualidad de 570 euros (95% del IPREM), que baja a los 540 euros (90% de dicho indicador de rentas) a partir de los seis meses siguientes. A partir de ese momento, quienes mantengan el derecho a cobrar la ayuda, y hasta su extinción, recibirán 480 euros mensuales.
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