
La campaña de la declaración de la Renta 2023 comenzará el próximo miércoles, 3 de abril de 2024 y 22 millones de contribuyentes deberán solicitar el borrador Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y presentarlo. Como cada año, la gran pregunta es ¿cuándo es obligatorio hacer la declaración de la Renta? Y la respuesta es depende de los ingresos, ya que no todos los ciudadanos están obligados a presentar la declaración.
El artículo 96, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y que se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado (BOE) establece en su punto 1 que todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración. Más adelante, en su punto 2 aclara, que si no llegará a un mínimo o en determinadas situaciones, el contribuyente no estará obligado a presentarla.
Quién está obligado a hacer la declaración de la Renta en 2024
Estarán obligados a presentar la declaración de la Renta, los contribuyentes que hubieran obtenido ingresos por encima de los 22.000 euros brutos anuales, cuando sea de un único pagador.
En el caso de tener varios pagadores, el límite se situará en los 15.000 euros anuales, siempre que el segundo pagador y sucesivos superen en su conjunto los 1.500 euros brutos anuales. Este último punto fue aumentado según la modificación de la Ley 21/2022.
Esta cifra aumenta hasta los 19.241 euros para contribuyentes con dos hijos o más y un cónyuge con rentas inferiores a 1.500 euros anuales, siempre que el ingreso del contribuyente principal no exceda los 35.200 euros anuales.
El límite de 15.000 euros también aplica en situaciones específicas como la percepción de pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no está obligado a retener, o cuando se reciben rendimientos íntegros del trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.
No están obligados a presentar la Declaración en ningún caso
Las personas exentas de hacer la declaración de la Renta son aquellas con ingresos que no superen los 1.000 euros brutos anuales en conjunto, ya sea por rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas o ganancias patrimoniales, no están obligados a presentar la declaración de la renta.
De igual manera, aquellos que únicamente hayan registrado pérdidas patrimoniales por debajo de los 500 euros, independientemente de su naturaleza, también quedan exentos de esta obligación.

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