
La Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a un hombre que había sido acusado de estafar, coaccionar, extorsionar y detener ilegalmente a su vecina octogenaria, que le hizo heredero universal poco antes de su muerte. El tribunal ha considerado que no existían pruebas suficientes para demostrar que el acusado manipulase a la anciana
Según la sentencia recogida por Europa Press, en 2019, la anciana se trasladó a vivir con el acusado, en esos momentos sin tener ningún tipo de patologías mentales graves, más allá de una acusada sordera.
Por aquel entonces, pese a que la anciana no tenía una buena relación con su hija, otorgó un testamento en el que se le asignaba su parte legítima de la herencia, nombrando heredero a su nieto heredero. Poco más tarde, realizó una modificación del testamento ante notario, y en este nuevo documento desheredaba a la hija por “negarle los alimentos y la asistencia” y nombraba heredero universal a su vecino que la cuidaba y con el que convivía.
Valoración del tribunal: falta de pruebas
La Audiencia considera que no hay pruebas que confirmen que el vecino ejercía ningún tipo de control sobre las decisiones de la anciana. Tampoco se puede probar que le quitase las llaves de la vivienda ni la retuviera dentro del domicilio contra su voluntad.
Cabe señalar que la mujer falleció al poco tiempo de convivir con el vecino y modificar el testamento, y que el ingreso en el hospital se debió a síntomas psiquiátricos, pero esto, señala la sentencia no prueba que a la hora de otorgar el mismo no estuviera en sus plenas facultades o que lo modificase bajo intimidación. La Audiencia específica que “parece incompatible con la intervención de un fedatario público en el otorgamiento de las escrituras, notario que, como era su obligación, debió de asegurarse de la libre prestación del consentimiento a la culminación de los negocios jurídicos en cuestión”.
En cuanto a las acusaciones de privar de libertad a la anciana “no hay prueba que desvirtúe las alegaciones del acusado, que explicó que se llevó a su vecina a su piso para poder cuidar de ella con mayor facilidad”.
Por todo ello, la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto al hombre, aunque la sentencia no es firme y cabe interponer un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG).
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