El Banco de España ha lanzado un mensaje a los usuarios sobre los riesgos que implica la devolución de un recibo, ya sea de una empresa que ofrece un servicio como de un organismo público, como la Seguridad Social o la Agencia Tributaria, casos en los que las consecuencias pueden ser más graves.
Actualmente, casi no se realizan recibos en papel ni las personas van físicamente a pagarlos a las empresas. Por el contrario, la mayoría de los cobros están domiciliados en la cuenta corriente de una entidad bancaria, a donde llegan los cargos que asume su titular en cuanto a servicios que haya contratado o bien recibos de ayudas o beneficios sociales.
Esta práctica se denomina ‘adeudo domiciliado’ y para que el banco pueda brindar este servicio, el propietario de la cuenta deberá dar su autorización previa y expresa para que la entidad pueda efectuar los cobros. Pero lo que muchas personas se preguntan es ¿qué pasa cuando tengo domiciliado un recibo y quiero devolverlo por alguna razón? Presta atención porque tiene sus riesgos y consecuencias.
Riesgos de devolver recibos según el Banco de España
El Banco de España señala que devolver recibos es un derecho del cliente bancario y que deberá solicitarse dentro de un plazo de ocho semanas en el caso de que esté autorizado el cobro y si no lo está, el tiempo se extiende hasta los trece meses para hacerlo. Sin embargo, hacer uso de este derecho tiene sus riesgos, en especial si son de la Seguridad Social o la Agencia Tributaria, porque puede implicar la pérdida de un beneficio.
Si el motivo de la devolución es porque nos cobran un recibo por error o no tenemos dinero en la cuenta y no explicamos la razón, el riesgo que se corre es que la empresa que suministra el servicio considere que ya no lo necesitamos y lo corte. Esto puede ocurrir con facturas de luz, agua o gas, por ejemplo.
En el caso de que el recibo provenga de un organismo oficial como la Agencia Tributaria o la Seguridad Social, si se devuelve, pueden aplicarse recargos, perder subvenciones o bonificaciones que estuviera recibiendo el cliente. Por eso es importante además de devolver avisar a la entidad bancaria.
Para que este tipo de situaciones no se produzcan, los bancos deben asesorar a los clientes sobre cómo se debe realizar de forma correcta la devolución de un recibo. Esto se lleva a cabo por medio de una clave específica que la entidad bancaria debe asignar a cada usuario.
Requisitos para la devolución de un recibo
La principal diferencia a la hora de decidir si devolver o no un recibo, según explica el Banco de España, reside en si el cargo estaba autorizado previamente o no. En el primer caso, para poder llevar a cabo la solicitud, se deberán cumplir con dos requisitos:
- Que en el momento de autorizar el cobro no se tenga información del cargo.
- Que después de realizar varios pagos de un monto similar, llegue un recibo con un importe muy superior a los anteriores.
Si no se ha dado autorización previa, se pueden rechazar sin problemas. El banco dispone de 10 días hábiles para devolver el importe cobrado o bien dar al cliente la razón por la que se ha rechazado la solicitud de devolución.
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